Ley de participación ciudadana
Nicaragua
Que el ordenamiento jurídico nicaragüense, en su norma máxima, la Constitución Política, artículo 7 establece que Nicaragua es una República democrática, participativa y representativa, así como en el artículo 50 se garantiza el derecho de la participación ciudadana en igualdad de condiciones en los asuntos públicos y la gestión estatal, a través de la ley de la materia para que norme y regule dicha participación en los asuntos nacionales y locales estableciendo el ámbito de participación y los procedimientos atingentes.
Tipo de documento
Ley
Autor institucional
La asamblea nacional de la república de Nicaragua
Año de última modificación
2003