Ley general de juventud y reglamento

Tipo de intervención
Ley
Autor institucional

La asamblea legislativa de El Salvador

Año de publicación
2002
Año de última modificación
2003
Vigente

Que el Art. 1 de la Constitución de la República reconoce como persona a todo ser humano desde el instante de la concepción. Asimismo, reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, la seguridad jurídica y del bien común; en consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.