Políticas y normativas

Ley 114/1990 de Carrera Docente

Nicaragua

Tiene por objeto establecer las condiciones necesarias que permitan ofrecer al pueblo una educación de calidad y garantizar la estabilidad laboral, capacitación y promoción de los docentes. Son fines de esta Ley el contribuir a la dignidad del magisterio estableciendo la docencia como carrera profesional; contribuir a que el docente labore dentro del campo especifico de su formación profesional; determinar los criterios y procedimientos para el ingreso, promoción, democión, traslado y permuta; establecer los deberes y derechos del docente; y garantizar la estabilidad del docente en el desempeño de su cargo. También busca promover la profesionalización, capacitación, superación y eficiencia del docente; y garantizar que todo ascenso o mejoramiento del docente esté en correspondencia con su antigüedad, experiencia, preparación científica y pedagógica, eficiencia y méritos como factores que determinen un sistema adecuado de remuneración económica. Se establece la Organización de la Carrera Docente, por la cual se crea la Comisión Nacional de Carrera Docente la cual gozará de independencia funcional. 

Tipo de documento
Ley
Autor institucional

Poder Legislativo

Año de publicación
1990