Argentina

© Román Arévalo / CC0

Contenido

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

 

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debiera guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos en los tratados. A partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

En este apartado se ofrece información que da cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en el plano normativo y la planificación para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Argentina ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante. Entre ellos, se destacan: la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza ratificada en 1963; la Convención sobre los Derechos del Niño ratificada en 1990; y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en 2016. El decreto 499/17 designa al Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales como organismo responsable de la implementación de acciones alineadas a la Agenda 2030.

En 2017, 2020 y 2022, Argentina presentó el Informe Voluntario Nacional, reportando el avance en el cumplimiento de los objetivos para el desarrollo sostenible.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

En Argentina, el art. 3 de la Ley de Educación Nacional establece que la educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales, y fortalecer el desarrollo económico y social de la nación. El art. 5 le atribuye la responsabilidad al Estado nacional de fijar la política educativa y controlar su cumplimiento, con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales.

 

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes, los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

Los Lineamientos Estratégicos Educativos para la República Argentina 2022-2027 establecen prioridades de políticas educativas, líneas de acción, formas de financiamiento, la población destinataria, metas y resultados esperados.

Tiene como objetivos generales:

  1. asegurar el acceso, permanencia y egreso de estudiantes del sistema educativo en todo el territorio nacional;
  2. fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje para garantizar la calidad educativa en todos los niveles y modalidades; y
  3. proveer los recursos necesarios para mejorar las condiciones en que se suceden los procesos de enseñanza y aprendizaje.

 

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, se analiza la estructura y el tamaño del sistema educativo. En segundo lugar, se describe el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) currículo y modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) transferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. En tercer lugar, se describe el gobierno del sistema, en tanto son las instituciones que regulan los puntos anteriores, en sus arreglos organizativos e institucionales, en el financiamiento de la política educativa, y en sus sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo nacional

La Ley 26.206 de Educación Nacional establece que el sistema educativo nacional comprende cuatro niveles (la educación inicial, la educación primaria, la educación secundaria y la educación superior) y ocho modalidades. La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la finalización del nivel de la educación secundaria.

Las modalidades son las opciones organizativas y/o curriculares de la educación común, dentro de uno o más niveles educativos, que buscan atender requerimientos específicos de formación y particularidades de carácter permanente o temporal, personales y/o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación. El sistema educativo nacional ofrece educación en ocho modalidades: técnico profesional, artística, especial, educación permanente de jóvenes y adultos, rural, intercultural bilingüe, educación en contextos de privación de libertad, y educación domiciliaria y hospitalaria.

El sistema educativo nacional ofrece educación formal y no formal. La educación formal conduce a la obtención de un título homologado según los criterios previstos para el Registro Nacional de Títulos y Certificaciones del Ministerio de Educación y del Consejo Federal de Educación. La educación no formal constituye una propuesta educativa planificada por el Ministerio de Educación, en articulación con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Está orientada a la capacitación laboral, la cultura, el arte, la ciencia, la tecnología y el deporte, el desarrollo infantil, entre otros.

La educación superior expide títulos de grado, formación inicial, posgrado, especialización y postítulo docente. Se ofrece educación superior no universitaria en institutos de formación docente, humanística, social, técnico profesional, artística. Se ofrece educación superior universitaria en institutos universitarios y universidades.

Toda la oferta de servicios educativos es regulada por el Estado. Las instituciones educativas pueden ser gestionadas por el Estado, por privados, por cooperativas y otras organizaciones de la sociedad civil. Las instituciones educativas que no son gestionadas por el Estado pueden recibir o no financiamiento proveniente del Tesoro nacional.

El Estatuto Nacional Docente (ley 14.473) define los deberes y derechos del personal docente. Regula el escalafón, la carrera docente y las cuestiones relacionadas a las condiciones de trabajo. Si bien no ha sido formalmente derogado, se redujo su aplicación a algunas provincias que no sancionaron sus propios estatutos luego de los procesos de transferencia de las instituciones nacionales a las provincias.

a. Educación inicial

El nivel inicial constituye una unidad pedagógica que ofrece educación a niños y niñas entre los 45 días y los 5 años. Se divide en dos ciclos. Los jardines maternales atienden a niños y niñas desde los 45 días hasta los 2 años. Los jardines de infantes atienden a niños y niñas entre los 3 y los 5 años. El tramo obligatorio de escolarización se inicia a los 4 años, a partir de la sanción de la ley 27.045 del año 2015.

Se ofrece educación de nivel inicial en diversas formas: salas multiedad, plurisalas, salas de juego, entre otras. Reconoce propuestas pedagógicas orientadas a la atención y educación de la primera infancia inscriptas en el ámbito de la educación no formal.

El art. 9 de la Ley de Educación Nacional dispone que el Estado, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de universalizar los servicios educativos para los niños y las niñas de 3 años, priorizando la atención educativa de los sectores menos favorecidos de la población.

b. Educación primaria

La educación primaria constituye una unidad pedagógica que ofrece educación a niños y niñas a partir de los 6 años y hasta los 11 o 12 años, según la provincia. La educación primaria tiene por finalidad proporcionar una formación integral, básica y común. Es obligatoria.

Los núcleos de aprendizajes pautan los contenidos para las áreas de Ciencias Sociales; Ciencias Naturales; Matemática; Lengua; Educación Física; Formación Ética y Ciudadana; Educación Artística; Educación Tecnológica y Educación Digital, Programación y Robótica.

c. Educación secundaria

Según señala la Ley de Educación Nacional, la educación secundaria constituye una unidad pedagógica que ofrece educación a niños, niñas y adolescentes que completaron la educación primaria. Tiene la finalidad de habilitar a adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, el trabajo y la continuación de estudios.

La edad de referencia abarca desde los 12 o 13 años hasta los 17 años, según la provincia. Se divide en dos ciclos: el básico (de los 12 o 13 hasta los 14 años), común a todas las orientaciones, y el ciclo orientado, diversificado según áreas de conocimiento, mundo social y trabajo (de los 15 hasta los 17 años). En 2006 se establece la obligatoriedad de la secundaria superior (ciclo orientado).

El art. 33 de la Ley de Educación Nacional dispone que las autoridades provinciales propiciarán la vinculación de la escuela con el mundo de la producción y el trabajo, siempre que se trate de prácticas educativas en escuelas, empresas, organismos estatales, organizaciones culturales y organizaciones de la sociedad civil en las que no se genere un vínculo contractual o laboral.

d. Educación técnico profesional

En Argentina se ofrece educación técnico profesional (ETP) dentro y fuera del sistema educativo. Es una modalidad incluida en el nivel secundario y en el nivel superior. Asimismo, se ofrece educación técnico profesional inscripta en la modalidad no formal, que no habilita para la continuidad de estudios.

La modalidad técnico profesional del nivel secundario, superior no universitario y la formación profesional es regulada por la Ley 26.058/2005 de Educación Técnico Profesional.

La educación técnico profesional en el nivel medio y superior no universitario tiene como objetivo formar técnicos medios y técnicos superiores en áreas ocupacionales específicas, cuya complejidad requiera la disposición de competencias profesionales que se desarrollan a través de procesos sistemáticos y prolongados de formación, para generar en las personas capacidades profesionales, que son la base de esas competencias.

La formación profesional tiene como propósito preparar, actualizar y desarrollar las capacidades de las personas para el trabajo, cualquiera sea su situación educativa inicial, a través de procesos que aseguren la adquisición de conocimientos científicos y tecnológicos, y el dominio de las competencias básicas, profesionales y sociales requerido por una o varias ocupaciones definidas en un campo ocupacional amplio, con inserción en el ámbito económico y productivo. La formación profesional admite formas de ingreso y de desarrollo diferenciadas de los requisitos académicos propios de los niveles y ciclos de la educación formal. Las ofertas de formación profesional podrán contemplar la articulación con programas de alfabetización o de terminalidad de los niveles y ciclos comprendidos en la escolaridad obligatoria y posobligatoria.

Están comprendidas entre las instituciones que brindan educación técnica profesional: instituciones de educación técnico profesional de nivel medio; instituciones de educación técnico profesional de nivel superior no universitario; instituciones de formación profesional; centros de formación profesional, escuelas de capacitación laboral, centros de educación agraria, misiones monotécnicas, escuelas de artes y oficios, escuelas de adultos con formación profesional, o equivalentes.

El Consejo Federal de Educación es quien aprueba, para las carreras técnicas de nivel medio y de nivel superior no universitario y para la formación profesional, los criterios básicos y los parámetros mínimos relativos al perfil de sus estudiantes, estructuras curriculares, alcance de las titulaciones, entre otras cuestiones. Según dispone la Ley de Educación Nacional, los planes de estudio de la educación técnico profesional de nivel medio tienen una duración mínima de seis años.

La educación técnico profesional de nivel superior permite iniciar y/o continuar itinerarios profesionalizantes, a través de una formación en áreas ocupacionales específicas, cuya complejidad requiere el dominio de conocimientos, habilidades, destrezas, valores y actitudes profesionales que solo son posibles de desarrollar a través de procesos de formación prolongados y sistemáticos. La condición de acceso para este tipo de trayectoria formativa es poseer un título de técnico de nivel secundario en una especialidad afín a la que se va a abordar.

El Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET) es el organismo del Ministerio de Capital Humano de la Nación, dependiente de la Secretaría de Educación de la Nación, que tiene a su cargo la coordinación de la aplicación de las políticas públicas relativas a la educación técnico profesional en los niveles secundario técnico, superior técnico y formación profesional.

e. Educación superior

La Ley 24.521/1995 de Educación Superior regula el servicio de educación superior universitaria y no universitaria. La educación superior está constituida por institutos de educación superior, sean de formación docente, humanística, social, técnico profesional o artística, y por instituciones de educación universitaria, que comprenden universidades e institutos universitarios.

La educación superior no universitaria es la formación académica de grado para el ejercicio de la docencia, el desempeño técnico, profesional, artístico, o el conocimiento y la investigación científico-tecnológica a través de sus instituciones. También ofrece carreras de posgrado, especialización y postítulos docentes. Los institutos de educación superior pueden dictar cursos, ciclos o actividades que respondan a las demandas de calificación, formación y reconversión laboral y profesional.

La educación superior universitaria se ofrece en institutos universitarios y universidades de gestión estatal y de gestión privada. Cuentan con autonomía académica e institucional. El Ministerio de Educación es la autoridad responsable de la formulación de las políticas generales en materia universitaria. Los órganos de coordinación y consulta del sistema universitario, en sus respectivos ámbitos, están constituidos por el Consejo de Universidades, el Consejo Interuniversitario Nacional, el Consejo de Rectores de Universidades Privadas y los Consejos Regionales de Planificación de la Educación Superior.

 

 

Además de los aspectos estructurales, la caracterización de la política educativa contempla la magnitud del sistema educativo. En este sentido, los datos correspondientes a Educación Común provienen del Relevamiento Anual, operativo estadístico coordinado por la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano.

Según la información del Relevamiento Anual 2024, durante ese año se registraron 11.349.861 estudiantes en la Educación Común. La distribución por nivel educativo fue la siguiente: nivel inicial, 1.576.572 estudiantes; nivel primario, 4.723.730; nivel secundario, 4.062.601; y nivel superior no universitario, 986.958.

En el mismo período, el sistema educativo argentino contaba con un total de 57.744 establecimientos educativos: 21.076 en nivel inicial; 22.729 en nivel primario; 11.916 en nivel secundario y 2.023 en nivel superior no universitario.

Asimismo, se registraron 882.824 cargos docentes, distribuidos por nivel de enseñanza de la siguiente manera: 166.160 en el nivel inicial; 414.222 en el nivel primario; 237.045 en el nivel secundario; y 65.397 en el nivel superior no universitario.

Por último, el Anuario señala que, de acuerdo con datos del Ministerio de Capital Humano – Secretaría de Educación, Subsecretaría de Políticas Universitarias (Relevamiento Anual del Departamento de Información Universitaria), los estudiantes de carreras de pregrado y grado de instituciones universitarias de gestión estatal ascendían a 2.030.633.
 

 

 

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos– cuatro focos.

  • Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  • Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos en todos sus niveles.
  • Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.
  • Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las medidas de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, becas, entre otros) hacia las familias, a estudiantes o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

 

 

A partir de una mirada desde los recursos que Argentina está movilizando para garantizar el derecho a la educación, de modo general y sin pretensión de exhaustividad, se observa lo siguiente.

En el foco currículo y modelos de gestión, se destacan los avances en el despliegue de acciones para la atención de las trayectorias escolares interrumpidas desde el fortalecimiento de la gestión escolar, y los procesos de enseñanza-aprendizaje, como el Programa FinEs. Otra intervención a señalar es el programa “Hacia la universalización de la jornada completa o extendida”, más conocido como “1h+”, que busca sumar más horas de clases por día en las escuelas primarias de gestión estatal de todo el país. Esto implica más tiempo para ofrecer mayores oportunidades de aprendizaje, en particular, de lengua y matemática. Asimismo, las ferias de ciencias y tecnología tienen por objetivos: fomentar el espíritu crítico y la curiosidad en niñas, niños, jóvenes, adultas, adultos, docentes y en la comunidad en general; y desarrollar habilidades de comunicación en las y los estudiantes a través de la exposición de sus producciones científicas, artísticas o tecnológicas. El Programa Nacional de Orquestas y Coros Infantiles y Juveniles entiende a la experiencia de la formación musical como un aspecto esencial del aprendizaje basado en modelos de enseñanza colectiva, que posibilita y favorece la integración y la adquisición de los contenidos curriculares. El Programa Educación Solidaria promueve la educación en la solidaridad y la participación comunitaria a través de la propuesta pedagógica del aprendizaje-servicio. Recientemente, se presentó una renovación curricular educativa que contempla cinco ejes: fortalecimiento de la enseñanza en matemática; Programa Nacional de Alfabetización Financiera; Programa de Habilidades Socioemocionales; Programa de Convivencia Escolar; y PAIDEIA – Programa Argentino de Innovación de la Educación con Inteligencia Artificial.

En el foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología se están movilizando recursos financieros para la construcción y rehabilitación de establecimientos educativos con foco prioritario en la primera infancia, pero también en educación primaria y educación secundaria, a través de los programas PRINI II. Además, tienen centralidad las acciones tendientes a fortalecer la conectividad y el equipamiento digital de escuelas y estudiantes a través del programa Conectar Igualdad y todas las acciones enmarcadas en el Plan Nacional Integral de Educación Digital (PLANIED).

En el foco docentes, se observa que las acciones orientadas al mejoramiento de la inclusión y la calidad educativa, en sus distintas dimensiones, desde la retención de estudiantes con riesgo de abandono escolar, la introducción de nuevas tecnologías en el aula o la implementación de nuevos formatos o modelos educativos implican en simultáneo acciones de fortalecimiento de las capacidades docentes. Se registran talleres e instancias de capacitación para el cuerpo docente y/o directivo, dependiendo de la iniciativa. Adicionalmente, el Programa de Formación en Planeamiento Educativo está dirigido a funcionarios y equipos técnicos-políticos que realicen actividades vinculadas con el planeamiento, la investigación, la prospectiva y la innovación educativa.

Finalmente, el Estado nacional destina diversos recursos para fortalecer las condiciones de los niños y las niñas para sostener las trayectorias escolares, a través de la provisión de textos escolares, alimentos y recursos financieros. Sobre esto último se destaca la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (Progresar) como instrumentos orientados a fortalecer las condiciones para el sostenimiento de la escolaridad.

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo con la perspectiva de este documento, se abordará desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

Según lo que establece la Ley de Educación Nacional, es el Ministerio de Educación (actual Secretaría de Educación dentro del Ministerio de Capital Humano) la autoridad de aplicación de la ley. Tiene la función de fijar las políticas y estrategias educativas y asegurar el cumplimiento de los principios, fines y objetivos establecidos.

La Ley de Educación Nacional (arts. 113 y 114) establece que el gobierno y la administración del sistema educativo nacional es una responsabilidad concurrente y concertada del Ministerio de Educación Nacional y de los ministerios de educación provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires. Para el cumplimiento de los criterios constitucionales de unidad nacional y del federalismo, el organismo de concertación de la política educativa nacional es el Consejo Federal de Educación.

A fines de promover la calidad educativa y alcanzar logros de aprendizaje equivalentes, con independencia del lugar de residencia o condición social de estudiantes, se aprobó la resolución 214/04 del Consejo Federal de Educación. En ella, se establecen dos procesos articulados entre el Ministerio Nacional y los ministerios provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para disminuir la fragmentación del sistema educativo, reducir las desigualdades y recuperar la centralidad de los aprendizajes. En primer lugar, se concertó un núcleo de aprendizajes prioritarios (NAP) en Lengua, Matemática, Ciencias Sociales y Ciencias Naturales, secuenciados desde el nivel inicial hasta la educación media y con incidencia en la formación docente. Este núcleo constituye una base común consensuada para la enseñanza en todo el país. En segundo lugar, se promovió la formalización de compromisos de acción para posibilitar los aprendizajes prioritarios y así, logar un impacto sobre las prácticas del aula. Las líneas de cooperación se orientaron hacia: promover apoyos a escuelas y a docentes, asistir a estudiantes y orientar a familiares, y articular con otros actores sociales.

El Consejo Federal de Educación es el organismo interjurisdiccional que coordina la política educativa nacional, asegurando la unidad y articulación del sistema nacional de educación. Está presidido por el ministro de Educación e integrado por las autoridades responsables de la conducción educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de Universidades.

Los órganos que integran el Consejo Federal de Educación son: la Asamblea Federal, que constituye el órgano superior del Consejo; el Comité Ejecutivo, que ejerce sus actividades en el marco de las resoluciones adoptadas por la Asamblea Federal; y la Secretaría General, que tiene la misión de conducir y coordinar actividades, trabajos y estudios, según lo establezcan la Asamblea Federal y el Comité Ejecutivo.

El Consejo Federal de Educación cuenta con consejos consultivos: el Consejo de Políticas Educativas, cuya misión principal es analizar y proponer cuestiones prioritarias a ser consideradas en la elaboración de las políticas; el Consejo Económico y Social, que participa en aquellas discusiones relativas a las relaciones entre la educación y el mundo del trabajo y la producción; y el Consejo de Actualización Curricular, a cargo de proponer innovaciones en los contenidos curriculares comunes.

A su vez, las jurisdicciones y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de asegurar el derecho a la educación en sus territorios, para lo cual deben adecuar la legislación acorde a sus particularidades sociales, económicas y culturales.

La Ley de Educación Nacional, en el art. 76, dispone la creación del Instituto Nacional de Formación Docente, con la función de direccionar, planificar, desarrollar e impulsar las políticas para el sistema superior de formación docente inicial y continua, en respuesta al requerimiento social de políticas específicas y sostenidas para la formación de docentes.

La Ley de Educación Técnico Profesional reconoce al Instituto Nacional de Educación Tecnológica como el organismo que tiene la función de promover la educación técnica y profesional de calidad, a través de la coordinación de los programas y proyectos, y desarrollar instrumentos de evaluación e intervenir en ella, entre otras cuestiones. Asimismo, crea el Consejo Nacional de Educación, Trabajo y Producción como órgano consultivo y propositivo del Ministerio de Educación en todos los aspectos relativos al desarrollo y fortalecimiento de la educación técnica y profesional. Además, crea la Comisión Federal de Educación Técnico Profesional con el propósito de garantizar los circuitos de consulta técnica para la formulación y el seguimiento de los programas federales.

La Ley de Educación Superior establece que le corresponde al Ministerio de Educación la formulación de las políticas generales en materia universitaria, asegurando la participación de los órganos de coordinación y consulta previstos, y respetando el régimen de autonomía establecido para las instituciones universitarias.

Los órganos de coordinación y consulta del sistema universitario, en sus respectivos ámbitos, están constituidos por el Consejo de Universidades, el Consejo Interuniversitario Nacional, el Consejo de Rectores de Universidades Privadas y los Consejos Regionales de Planificación de la Educación Superior.

El Consejo de Universidades es presidido por el Ministro de Educación (o por quien este designe con categoría no inferior a secretario) y estará integrado por el Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional, por la Comisión Directiva del Consejo de Rectores de Universidades Privadas, por un representante de cada Consejo Regional de Planificación de la Educación Superior –que deberá ser rector de una institución universitaria– y por un representante del Consejo Federal de Cultura y Educación.

Finalmente, la Secretaría de Educación (Ministerio de Capital Humano) se organiza internamente en distintas áreas e instancias de dirección, coordinación y ejecución, que cumplen funciones específicas con respecto al diseño, la implementación y el seguimiento de la política educativa.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

Argentina es un país federal con un sistema de financiamiento educativo descentralizado. La normativa que regula y dispone sobre el financiamiento de la política educativa es la Ley 26.206 de Educación Nacional y la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo.

Las fuentes de financiamiento para el sector educativo provienen principalmente de los propios recursos provinciales que recauda cada una de las jurisdicciones y de los fondos transferidos desde el gobierno nacional a través de la coparticipación federal de impuestos, recaudados por el Estado nacional. Ninguno de estos recursos es exclusivo para el sector educativo.

En 2006 se sanciona la Ley de Financiamiento Educativo, que estipula reglas objetivas de incremento de la inversión educativa hasta alcanzar el 6% del PIB e introduce un ordenamiento de las responsabilidades que hacen al financiamiento y la implementación de instancias de coordinación entre las administraciones educativas.

Por su parte, la Ley de Educación Técnico Profesional crea el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional, que es financiado con un monto anual que no puede ser inferior al 0,2% del total de los ingresos corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado para el Sector Público Nacional, que se computan en forma adicional a los recursos que el Ministerio de Educación tiene asignados a otros programas de inversión en escuelas. Este fondo incorpora aportes de personas físicas y jurídicas, así como de otras fuentes de financiamiento de origen nacional o internacional.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

El Instituto de Estadísticas y Censos (INDEC) es un organismo público desconcentrado de carácter técnico, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía de la Nación y que ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realizan en la República Argentina. Entre sus funciones se encuentran: diseñar la metodología; organizar y dirigir los operativos nacionales de relevamiento a través de censos y encuestas; y elaborar indicadores básicos e información de orden social y económico, entre ellos, algunos datos relacionados a la realidad educativa de la población.

En el ámbito del Ministerio de Capital Humano, el Área de Información y Evaluación Educativa es la encargada de desarrollar el sistema de información educativo nacional y la evaluación de los componentes, procesos y resultados del sistema educativo, para el cumplimiento del derecho a una educación de calidad.

Existe una instancia de articulación de todas las áreas de estadística del país con la Secretaría de Educación, que se ejecuta a través de la Red Federal de Información Educativa (RedFIE). Esta red garantiza el sistema federal de información educativa, que contiene, como principales fuentes de información, el Relevamiento Anual (RA), el Sistema Integral de Información Digital Educativa (SInIDE) y el padrón oficial de establecimientos educativos. El RA, como operativo educativo de carácter censal, cuya unidad de relevamiento y análisis son las unidades educativas, recoge al 30 de abril de cada año la información consolidada a nivel nacional sobre las principales variables del sistema educativo.

La Red Federal de Evaluación Educativa (Red FEEd) establece un funcionamiento articulado entre las áreas con competencia en evaluación en cada jurisdicción (Unidades Jurisdiccionales de Evaluación) y la Secretaría de Educación de la Nación a través de su Subsecretaría de Información y Evaluación Educativa, con el fin de facilitar la implementación de un sistema nacional de evaluación y promover mejoras en la calidad y equidad.

La Ley de Educación Nacional dispone sobre la publicación de los datos e indicadores que contribuyan a facilitar la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa por parte del Ministerio de Educación y las jurisdicciones. En su art. 98, crea el Consejo Nacional de Calidad de la Educación, en el ámbito del Ministerio de Educación, como órgano de asesoramiento especializado sobre la evaluación y mejora de la calidad de la educación y la equidad en la asignación de recursos. El consejo está integrado por miembros de la comunidad académica y científica de reconocida trayectoria en la materia y representantes de dicho Ministerio, del Consejo Federal de Educación, del Congreso Nacional, de las organizaciones del trabajo y la producción, y de las organizaciones gremiales docentes con personería nacional.

Haciendo foco en las evaluaciones de aprendizajes y competencias, el Ministerio de Educación lleva adelante desde 2016 las evaluaciones Aprender.

En simultáneo, el país ha participado en distintas pruebas internacionales. Entre las evaluaciones, se destacan: PERCE, en 1997; SERCE, en 2006; TERCE, en 2013; y ERCE, en 2019, del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE). Del Programa para la Evaluación Internacional de Estudiantes (PISA), ha participado de las evaluaciones de 2000, 2006, 2009, 2012, 2015 y 2018.

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas con respecto al derecho a la educación.

4.1. Nivel educativo de la población

  • Tasa de analfabetismo de la población de 15 años y más según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • Promedio de años de escolarización de la población según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • Porcentaje de la población adulta que finalizó la educación secundaria alta según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • La proporción de personas en situación de analfabetismo disminuyó en los últimos 20 años (del 1,5% al 1%), siendo mayor esa disminución en las mujeres (del 1,6% al 0,6%) y en las personas de ingresos bajos (de 2,7% al 1,1%).
  • El promedio de años de escolarización de la población aumentó en varones (del 9,9 a 11 años) y mujeres (del 9,9 a 11,5 años), sobre todo en las personas de ingresos bajos (de 7,8 a 9,5 años) y medios (de 9,2 a 10,7 años).
  • La proporción de personas adultas que finalizó la secundaria aumentó significativamente (del 42,4% al 53,7%), con un mayor crecimiento para las mujeres (del 43,5% al 62,5%), en especial en los hogares de ingresos bajos (de 19,6% al 41,9%) y medios (de 35,3% al 56,3%).

 

4.2. Educación inicial

  • La proporción de niños y niñas que asistió a la escuela en el último año del nivel inicial muestra un significativo aumento a lo largo de las décadas analizadas, llegando casi a la universalización en 2022 (99,3% para el total).

 

4.3. Educación primaria

  • Tasa neta ajustada de asistencia escolar a la primaria según sexo, área geográfica y nivel de ingreso.
  • Tasa de finalización de la educación primaria según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • La cantidad de varones (del 95% al 97,3%) y mujeres (del 94,5% al 97,7%) que asistió al nivel primario muestra un leve aumento en el período 2000-2022. Las diferencias por nivel de ingreso son menores, llegando a 97,5% para el total de la población.
  • Se observa un aumento entre quienes lograron finalizar la educación primaria (del 95,6% al 99,4%), prácticamente universalizada para todos los niveles de ingresos.

 

4.4. Educación secundaria

  • Tasa neta ajustada de asistencia escolar a la secundaria baja según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • Tasa neta ajustada de asistencia escolar a la secundaria alta según sexo, área geográfica y nivel de ingresos

En los últimos años hubo un aumento en la asistencia a la secundaria baja (del 79,4% al 89,7%), sobre todo entre los varones (del 77% al 89,1%) y personas de ingresos bajos (del 73,2% al 87,7%). En la última medición, llama la atención un leve retroceso en los sectores de mayores ingresos.

El período 2000-2022 experimentó un crecimiento de 16,3 puntos porcentuales en la tasa de asistencia escolar a la secundaria alta (del 54,7% al 71%). En la última medición se observa una brecha a favor de las mujeres y de los sectores de ingresos medio y alto.

 

  • Se observa un aumento de quienes lograron finalizar el nivel secundario (del 57% al 77,5%) y una disminución de la sobreedad escolar, sobre todo para el grupo etario de 12 a 14 años (del 12,4% al 4,9%).

 

 

4.5. Educación superior

  • Tasa neta de asistencia a la educación superior según sexo, área geográfica y nivel de ingresos
  • Porcentaje de población adulta que finalizó la educación terciaria/universitaria según sexo, área geográfica y nivel de ingresos

Durante el período 2000-2021 aumentó la proporción de personas que asistió a la educación superior en 10,7 puntos porcentuales. Sin embargo, en la última medición, correspondiente a 2022, se observa un retroceso –de 41,1% a 38,5% para el total– y marcadas diferencias a favor de las mujeres, y personas de ingresos medios y superiores.

 

5. Desafíos de la política educativa

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances a partir de los compromisos asumidos, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, Argentina asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación. Gradualmente fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas según los principios previstos en los textos jurídicos, actualizando la Ley de Educación en 2006.

El documento Lineamientos Estratégicos Educativos para la República Argentina 2022-2027 por una Educación Justa, Democrática y de Calidad incorpora como objetivos: el aseguramiento del acceso, permanencia y egreso de estudiantes; el fortalecimiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje para garantizar la calidad educativa; y la provisión de los recursos necesarios para mejorar las condiciones en que se suceden los procesos de enseñanza y aprendizaje. En consecuencia, las estrategias a cumplir en el corto, mediano y largo plazo, acordadas de forma federal y bajo responsabilidad compartida entre el gobierno nacional y los provinciales, hacen foco en: 1. incrementar y consolidar el acceso, permanencia y egreso de los y las estudiantes para garantizar la inclusión y el derecho a la educación; 2. fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje para garantizar la calidad educativa de los y las estudiantes; y 3. proveer los recursos para mejorar las condiciones en que se suceden los procesos de enseñanza y aprendizaje.

En este sentido, se destacan las acciones para la atención de las trayectorias escolares interrumpidas, tales como el Programa para la Mejora de la Inclusión Educativa; la articulación con programas de transferencia condicionada como la Asignación Universal por Hijo (AUH); y la provisión de textos, alimentos y otros recursos. La incorporación de una hora más de clase lleva a todas las escuelas primarias públicas de gestión estatal a un mínimo de 25 horas semanales, destinando esa hora prioritariamente al fortalecimiento de la producción escrita, la comprensión lectora y la alfabetización matemática y científica. Es un paso en el avance a la universalización de la jornada extendida o completa, aún deuda pendiente.

Adicionalmente, la propuesta de Renovación curricular busca fortalecer la Enseñanza de la Matemática, proyecto nacional que surge como respuesta al deterioro de los aprendizajes de matemática evidenciados en las Pruebas Aprender 2024 y las evaluaciones internacionales y plantea una enseñanza significativa y situada, y una resignificación del modo en que se aprende y enseña matemática; integrar la educación financiera en la escuela primaria y secundaria para que los estudiantes desarrollen capacidades claves para su vida adulta; continuar con el Programa de Habilidades Socioemocionales y de Convivencia escolar; y desarrollar el Programa Argentino de Innovación de la Educación con Inteligencia Artificial, que impulsa la incorporación de la inteligencia artificial en el sistema educativo desde una perspectiva pedagógica, ética y crítica.

Una mirada de largo plazo muestra una tendencia creciente en los principales indicadores educativos. No obstante, aún se registran desigualdades por condiciones de género (se identifica una mayor asistencia y finalización en el caso de las mujeres) y socioeconómicas del hogar (dado que se identifica en todos los niveles educativos una mayor asistencia y finalización de estudiantes que tienen un nivel de ingresos superior), fundamentalmente en los últimos años de la secundaria, donde aún hoy el origen social tiene un peso relevante en el desarrollo de las trayectorias escolares.

En este sentido, algunos de los desafíos de política educativa son atender a las desigualdades mencionadas y reducir la brecha entre quienes acceden, permanecen y culminan el nivel secundario y la educación superior. Incrementar las acciones en los niveles medio y superior se torna prioritario para cumplir el compromiso colectivo asumido en la Agenda 2020 para el Desarrollo Sostenible.

 

Políticas y normativa

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