Costa Rica

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Contenido

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

 

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debiera guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos en los tratados.

A partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance, los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

En este apartado, se ofrece información que da cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en el plano normativo y la planificación, para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante, aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Costa Rica ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos, que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante, desde la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza (ratificada en 1963) hasta la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (ratificada en 2008). 

El decreto ejecutivo 40.203 (2017) define la Gobernanza de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, con el propósito de establecer un esquema institucional para organizar, articular, planificar, implementar, financiar y dar seguimiento a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible en Costa Rica. Se crea el Consejo de Alto Nivel de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, cuyas principales funciones son: definir una política nacional de planificación, implementación y seguimiento de los ODS con enfoque prospectivo, integrando las dimensiones económica, social y ambiental, de conformidad con las normas de Derechos Humanos y del derecho nacional e internacional, y establecer las medidas necesarias que permitan la asignación de recursos financieros para la implementación de los ODS. Asimismo, se crea el Foro Nacional de los ODS como un espacio público para la rendición de cuentas de las acciones realizadas para el cumplimiento de los ODS en Costa Rica. El país presentó el Informe Nacional Voluntario de la Agenda 2030 en 2017 y 2020.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la Constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

La Constitución Política de Costa Rica dedica el capítulo séptimo al derecho a la educación, estableciendo su integralidad y gratuidad en todos los niveles, desde el inicial hasta el superior. La normativa nacional en materia de educación es amplia, incluyendo –además de la ley 2150 (1957), que regula el sistema educativo– normas de regulación del Ministerio de Educación, normas específicas para el subsistema indígena, para garantizar la inclusión y el acceso a personas con discapacidad y riesgo, y de la carrera y ejercicio de la docencia.

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes, los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

En el Plan Estratégico Nacional 2050 se presentan tres ejes para el sector educación y cultura: capital humano; infraestructura y conectividad; e inclusión social; y en cada uno de ellos se presentan intervenciones públicas. La mayor parte se concentra en el eje capital humano, e incluyen la incorporación de la tecnología digital como un recurso de aprendizaje en I y II ciclos de la educación pública diurna; el fortalecimiento del idioma inglés en la educación pública; el programa de certificación y graduación de educación comunitaria y asistencia técnica acorde a la demanda empresarial; programa académico y de acción social en idioma inglés; fortalecimiento del Sistema Nacional de Educación Técnica Profesional; programa educación comunitaria y asistencia técnica; plan de trabajo capacitación: agricultura, silvicultura, biotecnología, energía renovable, turismo, aeroespacial, pesca, acuicultura, manufactura, economía del conocimiento; entre otros.

Por su parte, el Plan Estratégico Institucional 2019-2024 del Ministerio de Educación Pública, tiene un marco filosófico y conceptual basado en el paradigma de la complejidad, el humanismo, el constructivismo social y el racionalismo. Esta política educativa, denominada: «La persona: centro del proceso educativo y sujeto transformador de la sociedad», asume la calidad como principio nuclear, que articula otros principios clave como la inclusión y equidad, el respeto a la diversidad, la multiculturalidad y pluriculturalidad, la igualdad de género, la sostenibilidad, la resiliencia y la solidaridad, así como las metas educativas que fomentan la formación humana para la vida, y el desarrollo de habilidades, destrezas, competencias, actitudes y valores.

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, se analiza la estructura y el tamaño del sistema educativo, dado que son el marco sobre el cual se despliegan las acciones de política educativa. En segundo lugar, se describe el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) el currículo y los modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) trasferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. En tercer lugar, se describe el gobierno del sistema, en tanto son las instituciones que regulan los puntos anteriores, en sus arreglos organizativos e institucionales, en el financiamiento de la política educativa, y los sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo

La Ley 2150/1957, ley Fundamental de Educación, modificada en 2017, establece que el sistema educativo nacional ofrece cuatro niveles: preescolar, educación primaria (general básica), educación media (diversificada) y educación superior. En 2011, la Constitución Política estableció la obligatoriedad y gratuidad de la educación, desde el nivel preescolar hasta la educación diversificada.

El decreto 37.801 (2013) reforma el Subsistema de Educación Indígena, señalando que los objetivos son: procurar que se preserven los idiomas indígenas que aún existen, promoviendo su desarrollo y la práctica; divulgar los derechos y obligaciones de los pueblos indígenas en los centros educativos y comunidades; articular los conocimientos universales, nacionales, regionales y locales en los planes y programas de estudio, el desarrollo del currículum contextualizado y la evaluación pertinente y contextualizada de los aprendizajes; y promover y facilitar la formación de educadores originarios de las comunidades y pueblos indígenas, así como su participación en la formulación y ejecución de los programas de estudio, entre otros.

El Ministerio de Educación Pública está conformado por diversos departamentos, encargados de determinadas temáticas. El Departamento de Educación Intercultural apoya los procesos de contextualización curricular y pertinencia cultural, y atiende a diversas poblaciones como la indígena, afrocostarricense y con situaciones migratorias especiales. Los Lineamientos para una Educación Intercultural abordan los conceptos básicos y principios sobre la educación intercultural, su marco legal, herramientas y elementos de referencia. También dan pautas para su implementación y caracterizan las distintas poblaciones indígenas del país.

La educación especial promueve la educación inclusiva de las personas con discapacidad en el sistema educativo costarricense, mediante la provisión de apoyos educativos y desde el trabajo colaborativo. El departamento de apoyos educativos para estudiantes con discapacidad emitió líneas de acción de orden técnico, con el fin de acompañar a los centros educativos de preescolar, y primero y segundo ciclo en su evolución hacia centros educativos inclusivos y abiertos a la diversidad.

La educación religiosa es una asignatura básica del plan de estudios del sistema educativo costarricense. La ley 21 (1940) establece que se dará a los niños y las niñas cuyos padres, tutores, encargados, no manifiesten por escrito su voluntad de que se les exima de recibirla.

La educación para personas jóvenes y adultas ofrece oportunidades educativas flexibles, innovadoras y novedosas a la población joven y adulta del país, para mejorar su calidad de vida personal y social. Las Directrices y Lineamientos para estas modalidades incluyen: Educación Abierta, Instituto Profesional de Educación Comunitaria (IPEC) y Centro Integrado de Educación de Adultos (CINDEA), Colegios Académicos Nocturnos (Can), Escuelas Nocturnas, Centro De Atención Institucional (CAI) y el Colegio Nacional De Educación a Distancia (CONED).

El Estado, de acuerdo con el artículo 86 de la Constitución Política, formará profesionales docentes para los diversos niveles de la enseñanza, por medio de institutos especiales y de la Universidad de Costa Rica. El Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano del Ministerio de Educación Pública brinda diversas capacitaciones. Su misión es contribuir con la formación permanente del recurso humano y con el fortalecimiento de la calidad y la innovación del quehacer educativo costarricense.

a. Educación preescolar

La Ley Fundamental de Educación señala que son funciones de este nivel: proteger la salud del niño y estimular su crecimiento físico armónico; fomentar la formación de buenos hábitos; estimular y guiar las experiencias infantiles; cultivar el sentimiento estético; desarrollar actitudes de compañerismo y cooperación; facilitar la expresión del mundo interior infantil; y estimular el desarrollo de la capacidad de observación.

En 1979, el decreto ejecutivo 10.285 crea y reglamenta el nivel de educación preescolar. Diferencia el ciclo materno infantil y el ciclo de transición. En el artículo 2 establece que el ciclo materno infantil tendrá una duración de cuatro años y su finalidad será la atención de los niños desde su nacimiento hasta su incorporación en el ciclo de transición. En el artículo 3 señala que el ciclo de transición es el nivel de educación previo al ingreso en la educación general básica.

En 2017, el decreto 40.529 establece las edades mínimas para el ingreso al preescolar. Especifica que 4 años es la edad mínima para el ingreso de niños y niñas al grupo interactivo II y 5 años los es para el ingreso al ciclo de transición del nivel preescolar.

En 2016, con el fin de homologar criterios propios de la educación preescolar y continuar orientando la implementación del programa de estudio, se presentaron los lineamientos nacionales que rigen para las 27 regiones educativas del país. En 2019 se publicó la Directriz de Bilingüismo, destacando la importancia del aprendizaje de una segunda lengua como herramienta indispensable para la formación, el desempeño, el desarrollo personal y profesional de la ciudadanía y planteando mejorar la enseñanza del inglés en este nivel.

b. Educación general básica

La educación general básica está conformada por tres ciclos obligatorios.

El primer ciclo está destinado a niños y niñas de 6 a 8 años. El segundo ciclo, a niños y niñas de 9 a 11 años. El tercero, a adolescentes de entre 12 y 14 años. Se ofrece en diversas modalidades: modalidad tradicional o red de escuelas diurnas; centros de educación especial (CEE), que atienden a niños y niñas con necesidades educativas especiales; y el programa de nivelación escolar Aula Edad, que surge de la necesidad de brindar oportunidades de promoción e inserción en el sistema educativo a aquellos estudiantes que presentan sobreedad en el aula regular, ya sea por repitencia o deserción. Las instituciones unidocentes son centros educativos atendidos únicamente por un docente, que se ubican en zonas rurales donde la población estudiantil es escasa.

Los Institutos Profesionales de Educación Comunitaria (IPEC), el Centro Integrado de Educación de Adultos (CINDEA) y el Programa Primaria por Suficiencia y Bachillerato por madurez permiten a los estudiantes prepararse en forma independiente y, a través de evaluaciones específicas, certificar los aprendizajes de los niveles primario y secundario. Los colegios a distancia y el Programa Nuevas oportunidades facilitan y certifican los aprendizajes del tercer ciclo de la educación general básica.

c. Educación diversificada

La educación diversificada está destinada a adolescentes de 15 y 16 años. Forma parte del tramo de escolarización obligatoria. Considerando las preferencias de estudiantes, tendencias internacionales, intereses del mercado, manejo de idiomas y la disciplina deportiva y artística, se ha logrado construir un escenario académico, conformado por componentes tecnológico, ambiental, artístico, bilingüe e internacional en los distintos colegios y liceos. Las escuelas nocturnas ofrecen educación a adolescentes y personas adultas de 15 años o más con escolaridad inconclusa. Los institutos profesionales de educación comunitaria (IPEC), los centros integrados de educación de adultos (CINDEA), los colegios académicos nocturnos, el Colegio Nacional de Educación a Distancia y la Educación Abierta permiten a estudiantes prepararse en forma independiente y, a través de evaluaciones específicas, certificar los aprendizajes de educación diversificada.

d. Educación técnico profesional

En Costa Rica, la educación técnico profesional constituye una rama dentro de la educación diversificada, forma parte del nivel superior y de la educación no formal. Se ofrece educación técnico profesional en establecimientos de gestión estatal y de gestión privada.

La Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras dirige la prestación del servicio de educación técnico profesional en el nivel de tercer ciclo y educación diversificada, además de todos aquellos programas de estudios relacionados con la educación técnica que forman parte de la oferta educativa del MEP. Para cumplir con sus funciones, cuenta con el Departamento de Especialidades Técnicas, el de Vinculación con la Empresa y la Comunidad, y el de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa. La ley 7372 (1992) regula el financiamiento y desarrollo de la educación técnico profesional. La Ley 9728 de Educación y Formación Técnica Dual (2019) da marco a un enfoque educativo que busca integrar la formación teórica con la experiencia práctica en el entorno laboral, facilitando la transición de estudiantes al mercado laboral y fortaleciendo la conexión entre la educación y las necesidades del sector empresarial.

La oferta de educación técnico profesional de gestión estatal se concentra en los centros educativos que imparten educación diversificada, en el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), el Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la Universidad Técnica Nacional (UTN). 

El Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) es una entidad autónoma, creada en 1965 por el decreto 3506 y reformada por la ley orgánica 6868 (1983). Brinda capacitación y formación profesional, certificación y acreditación de saberes a adolescentes, personas jóvenes y adultas de 15 años o más con el primero y segundo ciclo de educación general básica aprobados. No habilita la continuidad hacia el nivel superior.

El Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la Universidad Técnica Nacional (UTN) ofrecen educación técnica de nivel superior.

El TEC es una institución nacional autónoma que se dedica a la docencia, investigación y formación de técnicos universitarios. Fue creado mediante la ley 4777 en 1991. La admisión a las carreras de formación técnica (bachilleratos o licenciaturas) consiste en una prueba de aptitud académica que pueden realizar los estudiantes matriculados durante el último año de la educación diversificada.

La Universidad Técnica Nacional (UTN) fue creada en 2008. En 2009, comienza a funcionar con la apertura de 33 carreras. Se dedica a la docencia, investigación y formación de técnicos. Otorga títulos intermedios de bachillerato y diplomado.

e. Educación superior

La educación superior está orientada a adolescentes y jóvenes que finalizaron la educación diversificada. Se rige por la ley 6541 (1980), reglamentada por el decreto 38.639. Está conformada por la educación superior parauniversitaria y la educación universitaria.

La educación parauniversitaria ofrece títulos intermedios, entre la educación diversificada y la educación superior universitaria. Se brinda en centros educativos gestionados por el Estado y por privados (colegios universitarios). El Consejo Superior de Educación es la autoridad que regula y emite los certificados.

La educación universitaria ofrece títulos de licenciatura, maestría y doctorado. Se brinda en universidades gestionadas por el Estado y por privados. La Ley Fundamental de Educación establece que las universidades gozan de plena capacidad jurídica, organizativa y de gobierno.

 

 

 

Además de los aspectos estructurales descriptos, una parte de la caracterización de la política educativa consiste en el dimensionamiento del tamaño del sistema educativo. De acuerdo a la plataforma SABER (Sistema de Administración Básica de la Educación y sus Recursos) en 2021 se identificó un total de 1.173.286 estudiantes reportados por 5369 centros educativos públicos y privados del país.

Por su parte, a la Universidad de Costa Rica asistían en 2022, 43.331 estudiantes regulares y 9456 nuevos estudiantes admitidos.

 

 

 

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes, dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos–cuatro focos.

  • Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  • Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos, en todos sus niveles.
  • Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.
  • Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las acciones de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y de bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, becas, entre otros) hacia las familias, a niños, niñas y adolescentes escolarizados o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

Apartir de una mirada desde los recursos que Costa Rica está movilizando para garantizar el derecho a la educación, de modo general y sin pretensión de exhaustividad, se pueden señalar las siguientes observaciones.

En el foco currículo y modelos de gestión se evidencian los esfuerzos desarrollados por el país para cumplir con lo enunciado en los documentos de planificación. Por un lado, el desarrollo curricular y de programas y modelos de gestión centrados en la enseñanza del idioma inglés, de ciencia y tecnología. Por otro lado, un fuerte compromiso con programas en línea con los principios de la política educativa: educación ambiental; convivencia; ambientes libres de violencia en general y de género en particular; respeto a la diversidad; acceso a la cultura, por ejemplo, a través del Festival Estudiantil de Artes que visibiliza la realidad multicultural, pluriétnica y plurilingüe del país.

En el foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología, encontramos el Programa Nacional Tecno@prender, orientado al desarrollo de la educación por medio de la inclusión de las tecnologías digitales en los procesos de enseñanza y aprendizaje, para apoyar el currículo educativo; favorecer el acceso y uso productivo de la tecnología en la comunidad educativa; estimular el desarrollo de un pensamiento crítico y divergente; y la promoción de la innovación en las prácticas de los docentes. Cuenta con siete modelos de intervención que permiten la inclusión de las tecnologías digitales móviles en los distintos niveles (desde preescolar a educación para personas jóvenes y adultas), en educación especial y en las bibliotecas. En el mismo sentido, Hogares conectados otorga computadoras y acceso a internet para reducir la brecha digital.

En el foco docentes las intervenciones se centran en la formación a través del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano. Se destaca la Mentoría docente para favorecer el aprendizaje entre pares.

 En el foco políticas de fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes se desarrollan diversas intervenciones por el IMAS, el Ministerio de Educación Pública, la Universidad de Costa Rica, entre otros, y se centran en apoyos económicos para evitar la interrupción de las trayectorias escolares. También se desarrollan, con el mismo propósito, programas de alimentación, transporte y uniformes. Se destacan las acciones de fortalecimiento a estudiantes con discapacidad para coadyuvar en el proceso de formación educativa en igualdad de condiciones del Programa de Integración. Otra intervención novedosa es la Línea Aquí estoy, que ofrece un servicio de atención telefónica gratuita a situaciones emocionales que afectan la salud mental y el bienestar integral de las personas estudiantes.

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo a la perspectiva de este documento, se abordarán desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; y c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

El Consejo Superior de Educación es un órgano de naturaleza jurídica constitucional, con personalidad jurídica instrumental y presupuesto propio, que tiene a su cargo la dirección general de la enseñanza oficial, de acuerdo con el artículo 81 de la Constitución Política de la República de Costa Rica. El Ministerio de Educación Pública (MEP) elabora e implementa los planes y programas que emanan del Consejo Superior de Educación; sostiene relación con el Poder Ejecutivo y la Universidad de Costa Rica; inspecciona y fiscaliza la educación privada; y ejerce vigilancia administrativa de los estímulos económicos que el Estado brinda a la educación gestionada por privados. El Ministerio se compone por tres viceministerios: Académico, de Planificación Institucional y Coordinación Regional, y Administrativo. Además del Consejo Superior de Educación, el Tribunal de Carrera Docente, CONESUP, las oficinas de contraloría y auditorías, asuntos jurídicos, prensa, entre otros (organigrama MEP).

La Ley de Educación establece que el Consejo Superior de Educación autorizará los planes de estudio y los programas de enseñanza para los diversos niveles y tipos de educación. Esos planes y programas serán flexibles, variarán conforme lo indiquen las condiciones y necesidades del país y el progreso de las ciencias de la educación, y serán revisados periódicamente por el propio Consejo. En cada distrito escolar hay una junta de educación nombrada por la municipalidad del cantón que ejerce la inspección de las escuelas del circuito. Las instituciones de enseñanza media cuentan con una junta administrativa con similar función.

El Consejo Universitario es el órgano responsable de definir las políticas generales de la Universidad de Costa Rica. El Consejo Universitario está integrado por trece miembros. Siete pertenecen al sector académico, uno por cada área (artes y letras, ciencias agroalimentarias, ciencias básicas, ciencias sociales, ingeniería y salud) y otro por las sedes regionales. También forman parte de este órgano: un representante del sector administrativo, dos representantes estudiantiles, el Ministro de Educación Pública (como miembro honorario), la rectora o el rector y un representante de la Federación de Colegios Profesionales Universitarios. El Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) es un órgano desconcentrado en grado máximo, adscrito al Ministerio de Educación Pública, encargado de la inspección y fiscalización de las universidades privadas del país.

El Consejo Nacional de Rectores (CONARE) fue creado mediante el Convenio de Coordinación de la Educación Superior Universitaria Estatal en Costa Rica, suscripto por las instituciones de educación superior universitaria estatal en 1974 y reformado en 1982. En este convenio se regula la coordinación para el ejercicio conjunto de la autonomía universitaria. Está conformado por tres programas: la Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES), el Centro Nacional de Alta Tecnología (CeNAT) y el Programa Estado de la Nación (PEN). Además, el Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES) como órgano adscripto. Esta última institución tiene la potestad de dar fe pública de la calidad de las instituciones, carreras y programas de educación superior que voluntariamente se sometan a su riguroso proceso de evaluación y demuestren el cumplimiento de los criterios de calidad establecidos. Las instituciones de educación superior miembros del SINAES están comprometidas con los principios de calidad que rigen al Sistema. La Universidad de Costa Rica se rige por el Estatuto Orgánico, el cual determina los principios y propósitos de la universidad, su estructura y gobierno, así como el régimen de enseñanza y el administrativo.

El Sistema Nacional de Educación Técnica (SINETEC) es el ente que promueve la integración armónica de los niveles de educación técnica, a nivel público y privado, desde el nivel básico hasta el técnico superior, con un criterio de eficiencia y eficacia, mediante acciones concertadas entre las instituciones formadoras y el sector productivo.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

Costa Rica es un país unitario con organización centralizada del sistema educativo. La asignación de recursos se encuentra centralizada en el Ministerio de Educación Pública. El artículo 78 de la Constitución, que establece la obligatoriedad de la educación preescolar, básica y diversificada, señala además que el gasto público no será inferior al 8% del PIB.

Las juntas de educación, las juntas administrativas, así como las demás organizaciones similares, son dotadas de recursos provenientes del presupuesto nacional, de las municipalidades, de las instituciones autónomas y otras de carácter especial. Este fondo se invierte prioritariamente en material didáctico, mobiliario y equipamiento, y comedores escolares.

En cuanto al nivel superior, la Constitución (artículo 85) establece que el Estado dotará de patrimonio propio a la Universidad de Costa Rica, al Instituto Tecnológico de Costa Rica, a la Universidad Nacional y a la Universidad Estatal a Distancia, y les creará rentas propias, independientemente de las originadas en estas instituciones. Además, mantendrá un fondo especial para el financiamiento de la educación superior estatal.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

En Costa Rica, la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad es el organismo responsable de planificar, analizar, estudiar, asesorar, investigar, evaluar y divulgar todos los aspectos relacionados con la evaluación académica y certificación de las pruebas nacionales de la educación formal, abierta y de docentes, así como el desarrollo, la dirección e implementación del sistema de evaluación de la calidad de la educación. Además, coordina el Programa de Informatización para Alto Desempeño (PIAD), para promover la automatización de procesos y el mejoramiento de la capacidad de gestión de los centros educativos.

También dependiente del MEP, el Departamento de Análisis Estadístico de la Dirección de Planificación Institucional es el órgano encargado de brindar indicadores del sistema educativo costarricense.

Como se señaló previamente, la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad es el organismo responsable de las pruebas de evaluación nacionales e internacionales. Entre las primeras se destacan las Pruebas Nacionales Diagnósticas y las de Fortalecimiento de Aprendizajes para la Renovación de Oportunidades (FARO). Las pruebas internacionales en las que participa Costa Rica son, en nivel preescolar, el Proyecto Regional de Indicadores de Desarrollo Infantil. En las pruebas de evaluación de aprendizaje y competencias, participa del Programme for International Student Assessment (PISA) y del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE). Las últimas evaluaciones fueron en 2018 y 2019 respectivamente, aunque ninguna tuvo carácter obligatorio.

El Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior (SINAES) es el órgano de acreditación de la Educación Superior. Comienza en el año 1999, cuando se constituyó el primer Consejo Nacional de Acreditación. Como órgano independiente adscrito al Consejo Nacional de Rectores, en los primeros años de trabajo recibe financiamiento del CONARE. A partir del año 2002, el SINAES empieza a administrar un presupuesto propio y, desde 2011, con la aprobación de la Ley 8256 de Reconocimiento del Sistema Nacional de Acreditación de la educación superior (2002) recibe su presupuesto principalmente del Estado, aunque se mantiene el aporte de las universidades por cada proceso sometido al SINAES. El Sistema de Información de la Educación Superior (SIESUE) produce la información para este nivel. Responde a mejorar la transparencia y rendición de cuentas de cada una de las universidades pertenecientes al Sistema de Educación Superior Universitaria Estatal (SESUE), como sistema integrado, por medio de información homologada.

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas respecto al derecho a la educación. 

4.1. Nivel educativo de la población

  • Los años de escolarización se incrementaron 2% entre 2000 y 2022 (registrando 9,1% en este último) y se mantuvieron en la última medición, observándose brechas a favor de la población de áreas urbanas y la población de mayores ingresos.
  • El porcentaje de población adulta que finalizó la secundaria alta aumentó significativamente en el período 2000-2012 y continuó ascendiendo levemente en la última década. No obstante, se mantiene la brecha urbana/rural (de 20 puntos a favor de los primeros) y por nivel de ingresos (26,5% en sectores de menores ingresos versus 73,9% en los de mayores ingresos).

4.2. Educación inicial

  • La tasa de asistencia escolar en el último año del nivel inicial muestra incrementos muy significativos a lo largo de las dos últimas décadas, pasando de menos del 40% a alcanzar actualmente valores próximos a la universalización (superiores al 95% en todas las variables de segmentación). En la última medición de 2022 el valor total es de 97,3% y para el caso de los sectores de ingresos superiores alcanza el 100%. Las brechas entre las variables analizadas son mínimas.

4.3. Educación primaria

  • La tasa de asistencia escolar primaria se fue incrementando a lo largo del período analizado, alcanzando un 99,4% para el 2022, sin diferencias entre las variables de segmentación.
  • La tasa de finalización de la educación primaria también muestra incrementos, ubicándose en 98,3% en 2022. Existen brechas muy leves de acuerdo al nivel de ingresos (2,2%más alta en población de mayores ingresos). 

4.4. Educación secundaria

  • La tasa de asistencia escolar a la secundaria baja no advierte grandes cambios desde la última medición, alcanzando un 70,9% para 2022, manteniendo el alza desde el 45,5% registrado en 2000. Persisten brechas entre hogares de mayor y menor nivel de ingresos, en detrimento de estos últimos. También persisten leves brechas a favor de las áreas urbanas y de los varones.
  • La tasa de asistencia escolar a la secundaria alta bajó desde 2021 1% (ubicándose en 48,2% para 2022). Se sostiene una gran brecha entre mujeres (53,7%) y varones (42,8%) y por nivel de ingresos. No se visualizan diferencias de acuerdo al área geográfica.
  • Los datos muestran importantes descensos en la sobreedad por grupo de edad a lo largo de las últimas décadas. A la vez, ascendió la tasa de finalización de la secundaria superando al 75% de la población.

4.5. Educación superior

  • La tasa de asistencia a educación superior ascendió significativamente entre 2000 y 2012 y, de manera más moderada, hacia 2020. Para 2022 se ubicó en 35,2% (16%por encima de la primera medición). En 2022 se redujo la brecha por sexo anteriormente registrada, aunque se sostiene cierta ventaja a favor de las mujeres. Las brechas por área geográfica y nivel de ingresos son mayores.
  • El porcentaje de finalización de educación superior es ampliamente mayor en zonas urbanas (15,3% contra 6,1% en zonas rurales) y presenta una leve diferencia a favor de las mujeres. El promedio del 12,9% oculta una profunda brecha por nivel de ingresos: solo el 2,3% de la población de menores ingresos pudo completar estudios superiores, frente al 32,6% de la población de mayor nivel de ingresos. 

 

5. Desafíos de la política educativa

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances a partir de los compromisos asumidos, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, Costa Rica asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación. Gradualmente, fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas según los principios previstos en los textos jurídicos para lograrlo.

Como se señaló, la Constitución estipula el derecho a la educación y los niveles obligatorios, y fija la asignación del 8% del PIB para su financiamiento. En cuanto a la planificación, se evidencia un lugar destacado de los ODS, con la intención de organizar, articular, implementar, financiar y dar seguimiento a los mismos. Se desarrolló amplia normativa para garantizar el derecho a la educación de personas con discapacidad y pueblos indígenas. En el Plan Estratégico Nacional 2050 se enuncian como ejes relevantes para el sector educación, el capital humano; la infraestructura y conectividad; y la inclusión social.

El Plan Nacional de Desarrollo y de Inversión Pública 2023-2026 Rogelio Fernández Güell presenta como desafío vinculado a la educación lograr una mayor y mejor estrategia de planificación educativa y de empleo en el tiempo, que tenga como principios centrales los requerimientos en materia de capital humano para el desarrollo del país en el marco del Sistema Nacional de Empleo (SNE) y las demandas de los sectores productivos como en ciencia, tecnología, industria y matemática.

El incentivo a la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, además del bilingüismo, han sido parte de las propuestas de transformación educativa. Se desarrollaron programas basados en estas líneas, con currículos y modelos de gestión orientados a la ciencia, la tecnología, la educación ambiental, el arte, el deporte, la convivencia, entre otros. La Ley 9728 de Educación y Formación Técnica Dual (2019) es un ejemplo de su incorporación desde el marco normativo. La inclusión de tecnologías digitales en los procesos de enseñanza y aprendizaje se realiza desde el nivel preescolar y pretende, además, estimular el pensamiento crítico, promoviendo la innovación de las prácticas docentes. Asimismo, se desarrolla un amplio abanico de programas de apoyo y fortalecimiento de las condiciones de vida, para facilitar la continuidad educativa, centrado en la transferencia de diversos recursos (tales como alimentos, transporte y útiles, entre otros).

A pesar de los esfuerzos, los indicadores muestran persistentes brechas en detrimento de los sectores de menores ingresos y de la población residente en áreas rurales, más evidentes aún en los niveles educativos superiores.

Costa Rica presenta el desafío de profundizar las líneas de acción que apuestan a la disminución de las brechas mencionadas, para lograr el sistema educativo equitativo e inclusivo al que se comprometió al asumir los objetivos de la Agenda 20230 para el Desarrollo Sostenible.

Políticas y normativa

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