Chile

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Contenido

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

 

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen y el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debiera guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos en los tratados.

A partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

En este apartado se ofrece información que da cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en el plano normativo y la planificación, para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante, aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Chile ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos, que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante, entre los que se destacan: la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, ratificada en 1971; la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada en 1990; y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible adoptada en 2015, plasmada en el Decreto 49/2016, que crea el Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030, sustituido por el Decreto Supremo 67/2019. Chile presentó el Informe Nacional Voluntario en tres oportunidades: 2017, 2019 y 2023.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

El artículo 3 de la Ley General de Educación chilena señala que el sistema educativo del país se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile, inspirándose en los principios de universalidad y educación permanente, gratuidad, calidad, equidad, autonomía y diversidad. Por su parte, la Ley 21.040/2017, que crea el sistema de educación pública, establece las instituciones que lo componen y regulan su funcionamiento, así como sus fines, su objeto, sus integrantes y otras disposiciones referidas a la estructura y funcionamiento de dicho sistema. La Ley 20.845/2015 de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado tiene por propósito garantizar educación de calidad a toda la población.

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

La Primera Estrategia para la Educación Pública 2020-2028 es la hoja de ruta para la implementación y funcionamiento del nuevo Sistema de Educación Pública en el país. Esta estrategia aborda la transferencia de establecimientos educacionales de los 345 municipios a 70 nuevos Servicios Locales de Educación Pública, con el objetivo de construir y consolidar un sistema local y nacional altamente profesionalizado. El enfoque principal de la estrategia es desarrollar y fortalecer las capacidades del sistema educativo. Contempla cinco objetivos estratégicos: mejorar los niveles de aprendizaje de estudiantes a través de una gestión pedagógica de calidad; fortalecer las capacidades humanas y técnicas de agentes clave del sistema través de la mejora de sus prácticas; desarrollar una eficaz gestión del liderazgo en los diferentes niveles; mejorar las condiciones físicas, de higiene, equipamiento y los recursos educativos; y asegurar la sostenibilidad financiera según los recursos disponibles.

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, se analiza la estructura y el tamaño del sistema educativo, dado que son el marco sobre el cual se despliegan las acciones de política educativa. En segundo lugar, se describe el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) el currículo y los modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) transferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. En tercer lugar, se describe la gobernanza del sistema tanto en sus arreglos organizativos e institucionales, en el financiamiento de la política educativa, y los sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo

La Ley 20.370 General de Educación, sancionada en 2009 y modificada por el Decreto 2/20101, establece que el sistema educativo está conformado por el sistema nacional de educación y el sistema de educación superior. Este último está compuesto por dos subsistemas: el técnico profesional y el universitario. El sistema de educación superior está regulado por la ley 21.091 (sancionada en mayo de 2018 y modificada por la Ley 21.186 de 2019), que se enmarca dentro de la ley 21.040, que crea el sistema de educación pública.

La Ley General de Educación establece que la educación chilena se manifiesta a través de la enseñanza formal o regular (constituida por niveles y modalidades que aseguran la unidad del proceso educativo), de la enseñanza no formal (proceso formativo realizado por medio de un programa sistemático, no necesariamente evaluado, que puede conducir a certificación) y de la educación informal (no estructurada y sistemática, que se obtiene del núcleo familiar, de los medios de comunicación, de la experiencia laboral y del entorno en general).

El sistema educativo formal o regular ofrece educación parvularia, básica, media y superior, y modalidades educativas para atender a necesidades específicas. Son modalidades educativas aquellas opciones organizativas y curriculares que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de aprendizaje, personales o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación. De acuerdo a la normativa chilena, constituyen modalidades la educación especial o diferencial y la educación de adultos.

Se ofrece educación especial o diferencial tanto en los establecimientos de educación regular como especial, en los cuales se brinda un conjunto de servicios, recursos humanos y técnicos, conocimientos especializados y apoyos para atender las necesidades educativas especiales de los estudiantes, temporales o permanentes, a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de una dificultad específica de aprendizaje.

La educación de adultos es la modalidad educativa dirigida a los jóvenes y adultos que deseen iniciar o completar estudios, y tiene por propósito garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar. Se ofrece en los niveles de educación básica y media, y puede impartirse a través de un proceso presencial o de planes flexibles semipresenciales de mayor o menor duración. Se pueden inscribir todas las personas interesadas, chilenas y extranjeras, sin importar la situación migratoria. También pueden acceder las personas privadas de libertad que se encuentran en las cárceles y el Servicio Nacional de Menores (SENAME), y quienes están cumpliendo el servicio militar, entre otras situaciones especiales. Los planes y programas de estudio de esta modalidad se derivan del Decreto Supremo 257/2009, que aprueba los objetivos fundamentales y contendidos mínimos obligatorios para la educación de personas jóvenes y adultas. Además, se realizan adecuaciones curriculares para necesidades educacionales específicas, tales como aquellas enmarcadas en la interculturalidad, las escuelas cárceles y las aulas hospitalarias.

La Ley General de Educación establece que la oferta del sistema educativo es de naturaleza mixta: de administración y propiedad del Estado, y particular, subvencionada o pagada, asegurándole a padres, madres y apoderados la libertad de elegir el establecimiento educativo para sus hijos e hijas. En 2015, a través de la Ley 20.845 de Inclusión Escolar, se introduce una modificación donde se determina que se implantará progresivamente la enseñanza gratuita en los establecimientos subvencionados o que reciban aportes permanentes del Estado. En 2017, la Ley 21.040 que Crea el Sistema de Educación Pública, que tiene por objeto que el Estado provea, a través de los establecimientos educacionales de su propiedad y administración que formen parte de los servicios locales de educación pública (creados en dicha ley), una educación pública, gratuita, de calidad y laica. Es decir, respetuosa de toda expresión religiosa, y pluralista, que promueva la inclusión social y cultural, la equidad, la tolerancia, el respeto a la diversidad y la libertad, considerando las particularidades locales y regionales.

a. Educación inicial

La Ley General de Educación establece que la educación parvularia está orientada a niños y niñas desde el nacimiento hasta el ingreso a la educación básica. Señala que el propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora. La Ley 20.162/2007 establece la obligatoriedad de la educación parvularia. El Decreto 115, promulgado en 2012, establece que la educación parvularia se divide en tres niveles: sala cuna, nivel medio y nivel de transición, los cuales se descomponen en cinco subniveles: 1) sala cuna menor: niños y niñas de 0 a 1 año; 2) sala cuna mayor: niños y niñas de 1 a 2 años; 3) nivel medio menor: niños y niñas de 2 a 3 años; 4) primer nivel de transición: niños y niñas de 4 a 5 años; y 5) segundo nivel de transición: niños y niñas de 5 a 6 años.

La Ley 20.710 sancionada en 2013, establece la obligatoriedad de la sala de 5 años, correspondiente al segundo nivel de transición. Insta a garantizar el acceso y ampliar la cobertura de la educación parvularia a partir de los 2 años.

Las bases curriculares se actualizaron en 2018 y conservan parte de las definiciones, los conceptos curriculares y principios estructurales que orientaron el primer currículum nacional para el nivel de educación parvularia. Asimismo, destacan elementos que responden a nuevos requerimientos de formación para la primera infancia, tales como la inclusión social, la diversidad, la interculturalidad, el enfoque de género, la formación ciudadana, el desarrollo sostenible, entre otros. Se encuentra vigente también el Marco para la Buena Enseñanza de Educación Parvularia, producido en 2019, que tiene como propósito orientar a docentes o educadores respecto de la reflexión y la práctica pedagógica que deben desarrollar como profesionales de la educación para la mejora continua.

La ley 20.832/2015 crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia y la ley 20.845/2015 de inclusión escolar, que regula la admisión de estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.

Institucionalmente, la ley 17.301 de 1970 crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) y la Ley 20.835/2015 crea la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia. 

La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) fue creada como un estamento autónomo, dependiente del Ministerio de Educación, cuyo fin es atender la educación inicial del país. El Programa Educativo Jardín Infantil Tradicional tiene dos modalidades de administración: directa y Vía Transferencia de Fondos Administrado por Terceros. Todas las instituciones son supervisadas y financiadas por la JUNJI. Por su parte, el Programa Educativo Alternativo de Atención del Párvulo funciona en espacios habilitados por la comunidad y se desarrolla en cinco modalidades: Jardín Familiar; Jardín Laboral; en Comunidades Indígenas; Modalidad Programa Mejoramiento de la Infancia (PMI); y Modalidad Centros Educativos Culturales de la Infancia (CECI). Se desarrolla también el Programa Educativo para la Familia, dirigido a madres, padres o personas adultas responsables de la crianza de niños y niñas menores de 6 años, a través de las modalidades Jardín Comunicacional y Modalidad Educativa Conozca a su Hijo (CASH). Las modalidades Jardín de Verano, Jardín Estacional y Jardín Infantil con Extensión de Jornada forman parte del Programa Educativo Transitorio, destinado a hijas e hijos menores de 6 años de familias que trabajan en el periodo estival, principalmente en labores agrícolas.

En 2021 se aprobaron las instrucciones para la constitución de comités o mesas de equidad de género regionales de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y las orientaciones para su conformación y funcionamiento.

Otra institución destacada en este nivel es Fundación Integra, uno de los principales prestadores de educación parvularia de derecho privado sin fines de lucro, que pertenece a las fundaciones de presidencia.

b. Educación general básica

Según la Ley General de Educación, el nivel de educación básica regular tiene una duración de seis años. Sin embargo, aún se encuentra vigente la estructura anterior, que tiene una duración de ocho años. La estructura establecida en la ley regirá recién a partir de 2027. En ese año escolar, los cursos de séptimo y octavo año de la enseñanza básica y primero, segundo, tercero y cuarto año de la enseñanza media pasarán a denominarse primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto año de la educación media, respectivamente. Actualmente, la edad teórica para la educación básica es de los 6 a los 13 años.

Se orienta hacia la formación integral de los estudiantes, en sus dimensiones física, afectiva, cognitiva, social, cultural, moral y espiritual, desarrollando sus capacidades de acuerdo con los conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las bases curriculares, que les permiten continuar el proceso educativo formal. El nivel cuenta con escuelas rurales organizadas a través de las aulas multigrado, con el objetivo de favorecer el acceso a niños y niñas de localidades pequeñas y distantes. En 2022, se lanzó el Plan de Fortalecimiento de la Educación Rural Gabriela Mistral, cuyo objetivo es mejorar la calidad de la enseñanza en las zonas rurales.

c. Bachillerato general unificado

La Ley General de Educación establece que el nivel de educación media regular tiene una duración de seis años. Sin embargo, aún se encuentra vigente la estructura anterior, que tiene una duración de cuatro años. Los dos primeros años son de formación general y los siguientes dos son de formación diferenciada. La edad teórica es de los 14 a los 17 años.

La educación media es el nivel educacional que atiende a la población escolar que finalizó el nivel de educación básica. Tiene por finalidad procurar que cada estudiante expanda y profundice su formación general y desarrolle los conocimientos, las habilidades y actitudes que le permitan ejercer una ciudadanía activa e integrarse a la sociedad. Dichas competencias son definidas por las bases curriculares, que se determinen en conformidad con la ley. Este nivel educativo ofrece una formación general común y formaciones diferenciadas: humanístico científica, técnico profesional y artística, u otras que se podrán determinar a través de las referidas bases curriculares. Su obligatoriedad y gratuidad fueron establecidas por la Ley 19.876/2003.

La formación diferenciada humanístico científica está orientada a la profundización de áreas de la formación general de interés de los estudiantes. La formación técnico profesional se orienta a las especialidades definidas en términos de perfiles de egreso en diferentes sectores económicos. La artística, a la formación especializada definida en términos de perfiles de egreso en las diferentes áreas artísticas de interés de los estudiantes. Este nivel permite al estudiante continuar su proceso educativo formal a través de la educación superior o incorporarse a la vida del trabajo.

d. Educación técnico profesional

En Chile, la educación técnico profesional se ofrece en los niveles medio y superior. Forma parte del sistema nacional de educación y es regulada por la Ley General de Educación. Actualmente, en el nivel medio se ofrecen 35 especialidades de 15 sectores económicos. Las Bases Curriculares de la Formación Diferenciada Técnico Profesional de la educación media, aprobadas por Decreto 452/2015, definen para cada especialidad un contexto laboral y un conjunto de objetivos de aprendizaje.

La oferta de la educación técnico profesional del nivel superior está integrada por los centros de formación técnica estatales, los institutos profesionales, los centros de formación técnica privados reconocidos por el Estado y las universidades. La formación de profesionales y técnicos se caracteriza por una orientación hacia la capacidad de desarrollar el pensamiento autónomo y crítico sobre la base del conocimiento y las técnicas particulares de cada disciplina. Los institutos profesionales y centros de formación técnica deben promover la articulación con todos los niveles y tipos de formación técnico profesional, y vincularse con el mundo del trabajo.

El Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, es el responsable de establecer la Estrategia Nacional de Formación Técnico Profesional, que orientará el desarrollo y la implementación de las políticas públicas que se definan en esta materia, y será revisada y actualizada cada cinco años. La Estrategia fortalecerá la articulación entre el sistema educativo y la educación universitaria, y las necesidades nacionales y regionales, facilitando la formación para el servicio del país y la construcción de trayectorias formativas y laborales coherentes y pertinentes a las necesidades de las personas, del sector público y privado, de los sectores productivos y de la sociedad en general. Esta estrategia tiene por objetivo facilitar la acción conjunta entre Estado, empleadores, trabajadores y sociedad civil.

Como lo establece el Título V de la Ley 21.091/2018 de Educación Superior, las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, que cumplan con los requisitos legales, podrán acceder al financiamiento institucional para la gratuidad.

e. Educación superior

La Ley General de Educación establece que la educación superior es aquella que tiene por objeto la preparación y formación del estudiante en un nivel avanzado en ciencias, artes, humanidades y tecnologías, y en el campo profesional y técnico. El requisito para ingresar es la licencia de educación media. La enseñanza de educación superior comprende diferentes niveles de programas formativos, a través de los cuales es posible obtener títulos de técnico de nivel superior, títulos profesionales, grados académicos o títulos universitarios o sus equivalentes.

Según la ley 21.091/2018, el sistema de educación superior está conformado por el subsistema técnico profesional y el subsistema universitario. El subsistema universitario lo integran las universidades estatales creadas por ley, las universidades no estatales pertenecientes al Consejo de Rectores, y las universidades privadas reconocidas por el Estado. El subsistema técnico profesional lo integran, como se señaló previamente, los centros de formación técnica estatales, y los institutos profesionales y centros de formación técnica privados reconocidos por el Estado.

La educación profesional ofrece formación general y científica, y conduce a la obtención de un título profesional, licenciatura o ambas. Se ofrecen carreras profesionales en universidades y en institutos profesionales. La mayoría de las carreras profesionales tiene una duración aproximada de cuatro a cinco años. Hay un conjunto de títulos profesionales que requieren por ley haber obtenido previamente el grado académico de licenciado. En estos casos, el título lo expiden las universidades.

La educación técnica está orientada al desarrollo de habilidades para desempeñarse en una especialidad de apoyo a nivel profesional o por cuenta propia. En las carreras técnicas el programa de estudios tiene una duración mínima de cuatro semestres.

Producto del trabajo colectivo entre las universidades estatales de Chile, encabezado por la Red de Pregrado del Consorcio de Universidades del Estado (CUECH) y la Subsecretaría de Educación Superior, en 2019 se establecieron estándares comunes de calidad hacia los que movilizar programas y servicios estudiantiles de acompañamiento académico, por una parte, y transición al mundo del trabajo y desarrollo de carrera de sus estudiantes, por otra. Ambas iniciativas se inscriben en el Proyecto de Fortalecimiento de Universidades Estatales en Chile, generado en el marco de la Ley 21.094/2018 de Universidades del Estado. En el mismo marco, se llevaron adelante Planes de Fortalecimiento a 10 años, procesos a partir de los cuales 18 planes fueron ajustados considerando áreas estratégicas, sistema de acreditación y procesos de mejoras, y contando con el compromiso de implementación de rectores/as de cada universidad estatal (aprobados por el Comité del Plan de Fortalecimiento).

 

 

 

 Además de los aspectos estructurales descriptos, una parte de la caracterización de la política educativa consiste en el dimensionamiento del tamaño del sistema educativo. En este sentido, según el portal de Datos Abiertos del Ministerio de Educación de Chile, en 2023, se registró un total de 3.631.025 estudiantes. De ellos, 342.399 pertenecen a Educación Parvularia, 2.037.448 a educación básica, y 965.888 a educación media. Finalmente, se ubican los y las estudiantes de pregrado de carreras profesionales, que suman 923.326 en todo el territorio nacional. Según el Resumen Estadístico de la Educación Oficial 2023 del Centro de Estudios del Ministerio de Educación, el número de docentes para el año 2023 es de 263.690 y principalmente ejercen como docentes de aula (82,2%). De estos, 29.323 se concentran en la educación parvularia, 120.800 en la educación básica y alrededor de 64.000 en la educación media de jóvenes y adultos. Dicho informe también da cuenta de la cantidad de establecimientos por nivel: 4.365 de instituciones, 11.123 de centros de educación especial, media y básica, y 128 de educación superior. Según el Sistema de Información de Educación Superior, la matrícula total de educación superior, para 2023, alcanza 1.341.439 (considerando los niveles de pregrado, posgrado y postítulo).

 

 

 

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes, dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos– cuatro focos.

  • Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.
  • Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos, en todos sus niveles.
  • Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.
  • Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las acciones de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y de bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, becas, entre otros) hacia las familias, a niños, niñas y adolescentes escolarizados o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

 

 

En el foco currículo y modelos de gestión adquiere relevancia la Política de Reactivación Integral Seamos Comunidad, que se propuso abordar los efectos de la pandemia en las comunidades educativas desde una mirada sistémica, integral, contextualizada y estratégica, con un enfoque intersectorial y participativo; a la vez que se proyecta como un proceso de mediano y largo plazo. Sus ejes centrales son revinculación, asistencia, fortalecimiento de aprendizajes, convivencia escolar y salud mental.

En el foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología gran parte de las intervenciones relevadas buscan aumentar o mejorar la conectividad y la disponibilidad de tecnología en todos los establecimientos. Muestra de ello es el proyecto Conectividad para la Educación 2030, que tiene como objetivo entregar acceso a internet de calidad en los establecimientos y aprovechar el servicio de conectividad como un apoyo al modelo pedagógico implementado.

En el foco docentes se ubica la reciente realización del Congreso Pedagógico y Curricular, una invitación a las Comunidades Educativas (y la ciudadanía en su conjunto) a conversar sobre los desafíos que enfrenta el sistema educativo respecto al currículum y la pedagogía. Este espacio fue diseñado para que participantes generaran acuerdos que permitan orientar el desarrollo de políticas que contribuyan a reactivar y transformar la educación, respondiendo tanto a las demandas y tendencias globales, como a las necesidades y circunstancias locales.

En el foco fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes se encuentra FUAS, estrategia de gratuidad y beneficios para estudiantes de educación superior. Otras exceden al Ministerio de Educación y son llevadas adelante por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), el Ministerio de Desarrollo Social (programas de transferencias) entre otros.

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo a la perspectiva de este documento, se abordará desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; y c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

El Ministerio de Educación de Chile es el órgano rector del Estado encargado de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles. Se divide internamente en la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Subsecretaría de Educación, la Subsecretaría de Educación Superior y la Dirección de Educación Pública, compuesta cada una por gabinete, área jurídica, área de finanzas y otras divisiones particulares.

Luego, hay una serie de instituciones que funcionan como estamentos autónomos vinculados al Ministerio de Educación:

  • Junta Nacional de Auxilios y Becas (JUNAEB), que busca favorecer la mantención y éxito en el sistema educacional de niñas, niños y jóvenes en condición de desventaja social, económica, psicológica y/o biológica.
  • Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), cuyo compromiso consiste en entregar educación parvularia de calidad a niños y niñas, preferentemente menores de cuatro años y en situación de vulnerabilidad social.
  • Centro de Innovación (anteriormente Educación Tecnológica, Enlaces), con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación mediante la informática educativa y el desarrollo de una cultura digital que integre las TIC en el sistema escolar.
  • Agencia de Calidad de la Educación, que trabaja con las comunidades educativas, evaluando, orientando e informando para lograr una educación integral de calidad, que permita que en Chile todas las personas puedan crecer y desarrollarse.
  • Superintendencia de Educación, que contribuye al aseguramiento de la calidad de la educación parvularia y escolar, mediante la fiscalización del cumplimiento de la normativa, la gestión de denuncias y la provisión de información.
  • Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID, sucesora de CONICYT), servicio encargado de administrar y ejecutar los programas e instrumentos destinados a promover, fomentar y desarrollar la investigación en todas las áreas del conocimiento, el desarrollo tecnológico y la innovación de base científico-tecnológica, de acuerdo con las políticas definidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
  • Consejo Nacional de Educación (CNED), un organismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por misión proteger y promover la calidad de la educación parvularia, básica, media y terciaria en el marco de los sistemas de aseguramiento de la calidad de la educación escolar y superior, a través de la evaluación de diversas propuestas educacionales de organismos públicos e instituciones de educación y la entrega oportuna de información a estudiantes y sus familias, tomadores de decisiones, académicos y la comunidad en general. El Consejo Nacional de Educación lleva adelante también los procesos de licenciamiento, esto es, la supervisión integral y obligatoria para las nuevas instituciones de educación superior privadas.
  • Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), un organismo colegiado, autónomo, cuya función es coordinar a las 30 instituciones que lo conforman, para procurar mejores rendimiento y calidad de la enseñanza superior del país.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

Chile es un país unitario con un sistema de financiamiento educativo descentralizado. Las normas que regulan el financiamiento del sistema educativo son: el Decreto Fuerza de Ley 3063/1980 y el Decreto 2385/1996 (referidos a las rentas municipales); la Ley 21.040/2017 que crea el Sistema de Educación Pública; la Ley 20.845/2015 de Inclusión Escolar; y la Ley 19.873/2003 que crea la Subvención Escolar proretención.

Cabe destacar la existencia de la Ley 20.285 de Transparencia de 2009, que tiene por objetivo abrir la información de los organismos públicos a todas las personas, generando nuevos espacios para la participación y mejorando las exigencias de rendición de cuentas de la gestión pública.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

En Chile, la Ley General de Educación establece que la administración del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación le corresponde al Ministerio de Educación, al Consejo Nacional de Educación, a la Agencia de Calidad de la Educación y a la Superintendencia de Educación. 

La ley 20.529/2011 estableció la creación del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Escolar en 2011, para lo cual se crean la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación.

La Agencia de Calidad de la Educación es el organismo público de carácter descentralizado que tiene la función de evaluar los logros de aprendizaje de los estudiantes y el desempeño de los establecimientos educativos, a partir de estándares definidos. El ámbito y el alcance de sus acciones están establecidos y regulados por la Ley No 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

Las evaluaciones nacionales e internacionales se desarrollan de acuerdo a un plan elaborado por el Ministerio de Educación y aprobado por el Consejo Nacional de Educación, que debe contemplar las áreas curriculares que son objeto de evaluación, los grados de educación básica y media que son medidos, la periodicidad de la evaluación, y las principales desagregaciones y modos de informar resultados. La evaluación de desempeño de los establecimientos educacionales y de los sostenedores se orienta a fortalecer las capacidades institucionales y de autoevaluación de los establecimientos y sus planes de mejoramiento.

Por su parte, la Superintendencia de Educación es la encargada de fiscalizar a los establecimientos educacionales y velar porque estos cumplan con la normativa educacional y el correcto uso de los recursos estatales (en el caso de aquellos que los reciban).

Por último, la ley le otorga al Ministerio de Educación más funciones relacionadas con la mantención de una educación de calidad, tales como la elaboración de estándares de aprendizaje, planes curriculares, bases y planes de estudio, y la potestad de proponer y evaluar las políticas relativas a la formación inicial y continua de docentes.

Por su parte, el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior se establece por ley propia (20.129/2006) y está integrado por el Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, el Consejo Nacional de Educación, la Comisión Nacional de Acreditación y la Superintendencia de Educación Superior. Tiene por objetivo resguardar y promover la calidad de la educación superior a través del licenciamiento de nuevas instituciones, la acreditación institucional, de carreras y programas de posgrado, y la provisión de información pública.

El Ministerio de Educación –a través del Servicio de Información de Educación Superior (SIES) (entidad dependiente de la División de Acceso e Información (DIVIA), de la Subsecretaría de Educación Superior)– identifica, recopila y difunde información dirigida a la ciudadanía, así como estadísticas y datos de contexto, solicitados por el sistema y sus instituciones. El Centro de Estudios del Ministerio de Educación tiene por objetivo estratégico generar estadísticas, información, estudios y conocimiento que aporten a las políticas en materia educativa.

Como se señaló previamente, la Agencia de Calidad de la Educación es el organismo responsable de las pruebas de evaluación nacionales e internacionales. Entre las primeras se destacan las evaluaciones Simce, los estudios nacionales obligatorios y las pruebas de evaluación progresiva no obligatorias. El Simce evalúa los logros de aprendizaje en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación (Comprensión de Lectura y Escritura), Matemática, Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, e Inglés. Enfatiza la entrega de información con foco pedagógico, incorpora resultados según género, por eje en las diversas áreas evaluadas y reporte de errores comunes.

Las pruebas internacionales en las que participa Chile son: Programme for International Student Assesment (PISA); Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE); ICILS (International Computer and Information Literacy Study); PIRLS (Progress in International Reading Literacy Study); TIMSS (Trends in International Mathematics and Science Study); e ICCS (International Civic and Citizenship Education Study). PISA y LLECE no son obligatorias, las demás sí, aplicándose en escuelas públicas y privadas. Son financiadas con presupuesto público.

En 2021 se elaboró el Plan de Evaluaciones Nacionales e Internacionales para el período 2021-2026 donde se establecieron criterios y pautas de ordenamiento y sistematización.

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas respecto al derecho a la educación. 

4.1. Nivel educativo de la población

  • La tasa de analfabetismo tuvo un descenso en el último registro luego del leve ascenso que venía marcando: para 2022 se ubicó en 2,9%. La brecha entre varones y mujeres se redujo a 0,1%, y se mantienen las brechas en detrimento de los sectores rurales y los sectores de menores ingresos.
  • Los años de escolarización mantienen valores semejantes a los de la última estimación (11,8% para 2022), advirtiéndose la mayor brecha en la segmentación por área geográfica: 12,1% para la urbana y 9,4% para la rural.
  • El porcentaje de población adulta que finalizó la secundaria alta aumentó significativamente en las últimas décadas, pasando de 45,7% en el 2000 a 67,2% para 2022. No obstante, se mantiene la brecha urbano/rural (con más de 25 puntos de diferencia) y por nivel de ingresos (la población de mayores ingresos supera en más del 20% a la de ingresos medio y 25% a la de ingresos inferiores).

4.2. Educación inicial

  • La tasa de asistencia escolar en el último año del nivel inicial tuvo un significativo ascenso en la primera década del siglo XXI, alcanzando porcentajes superiores al 90% en casi todas las variables de segmentación, con excepción del área rural. Sin embargo, es destacable aún más el aumento en todos los registros para el año 2022, dado que se ubica en 94,7%, siendo que en 2020 era de 85,4%, recomponiendo un periodo de descenso.

4.3. Educación primaria

  • La tasa de asistencia escolar primaria muestra un notable aumento luego de la disminución previa: pasó de 82,2% en 2020 a 89,1% en 2022. Este aumento se visibiliza en todas las variables de segmentación y destaca que la asistencia escolar primaria por primera vez es mayor en el área rural (90%) que en área urbana (89%).
  • La tasa de finalización de la educación primaria aumentó en comparación a los registros previos: pasó de 97,8% en 2020 a 98,6% en 2022. Se evidencia, además, la eliminación de las brechas casi a cero en todas las variables de segmentación, con el dato de que el nivel medio de ingresos sobrepasó (99%) a los otros dos niveles. 

4.4. Educación secundaria

  • La tasa de asistencia escolar a la secundaria baja aumentó significativamente en comparación con la última medición, reduciéndose las brechas en todos los registros. Alcanzó así un 64,2%, superando en 6,6% lo registrado en 2020.
  • La tasa de asistencia escolar a la secundaria alta creció en la primera década del siglo XXI y se mantuvo estable en la última medición el promedio nacional. Son excepciones el área rural y el sector de mayores ingresos, que registraron descensos de 1,3 y 4,5%, respectivamente.
  • La tasa de finalización de la secundaria creció 3 puntos en la última medición, destacándose que en el sector rural se superó por 1,6% al urbano, que registró un 76,4%. Asimismo, la sobreedad muestra una tendencia a la baja sostenida en las mediciones.

4.5. Educación superior

  • La tasa de asistencia a educación superior aumentó de 41,5% (en 2020) a 43,6% en 2022.  El aumento sostiene todas las diferencias internas de cada variable de segmentación.
  • El porcentaje de finalización de educación superior aumentó  levemente desde la última medición: en 2020 se ubicó en 24,9% y en 2022 se registró un 25,1%. Las brechas se siguen manteniendo: es mayor el porcentaje que finalizó la educación superior en mujeres, sectores urbanos y de mayor nivel de ingresos.

5. Desafíos de la política educativa

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances a partir de los compromisos asumidos, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, Chile asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación de acuerdo con los principios enunciados en estos. En consecuencia, fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas según los principios previstos en los textos jurídicos, actualizando la Ley de Educación en el año 2009. Posteriormente, la Ley 21.040 crea el Nuevo Sistema de Educación Pública y transfiere los establecimientos educacionales desde la administración de los 342 municipios a 70 nuevos Servicios Locales de Educación Pública.

En este sentido, la Primera Estrategia Nacional de Educación Pública para el período 2020-2028 apuesta a un alto nivel de desarrollo de las distintas dimensiones incluyendo la espiritual, ética, moral, cognitiva, afectiva, artística y desarrollo físico. Además, enfatiza en las oportunidades para todas las personas, es decir, que ni género, ni nivel socioeconómico o etnia sean factores determinantes.

La política propone una mirada sistémica, integral, contextualizada y estratégica, con un enfoque intersectorial y participativo. Para ello, pone a disposición del sistema educativo un conjunto de recursos, dispositivos y conocimientos, organizados y financiados desde el Estado y, a la vez, promueve una gestión descentralizada con alto protagonismo de las comunidades escolares en el diseño de sus planes estratégicos de reactivación integral.

La basta cantidad de instituciones y dispositivos por los que desde el Ministerio de Educación se busca sostener, reforzar e innovar en los distintos niveles y aspectos de la educación, se visibilizaron en la reconstrucción que presentó este perfil.

Los indicadores muestran significativas mejoras en todos los índices y la reducción de las brechas por género, área geográfica y nivel de ingresos. Ello permite advertir que la búsqueda de revertir los efectos de la pandemia y cristalizar un proceso de fortalecimiento en las diversas áreas, niveles y sectores educativos, está dando sus frutos.

Así, los desafíos se vinculan a la profundización de dichos logros y a la garantía del acceso y la democratización de la educación, en cumplimiento con los compromisos asumidos en la Agenda 2030. 

6. Notas al pie

[1] En 2019, la Ley No 21.164 modificó la Ley General de Educación (DFL N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación) con el propósito de que no se condicionara la incorporación, asistencia y permanencia en los establecimientos a estudiantes que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Políticas y normativa

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