Chile

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Contenido

1. Resumen del marco normativo y estructura del sistema educativo nacional

 

2. Compromisos y obligaciones del Estado como garante del derecho a la educación

Cuando los Estados firman un tratado de derechos humanos, asumen la voluntad y el compromiso de crear las condiciones necesarias para transformar la situación en el sentido que allí se propone. El instrumento jurídico fija los principios de un nuevo pacto, que debiera guiar el horizonte de la política pública, dotar de sentido y legitimidad a las acciones que los Estados orienten para su cumplimiento efectivo.

En el marco del derecho, existen básicamente dos tipos de compromisos: aquellos que los Estados asumen en el ámbito internacional al ratificar instrumentos jurídicos regionales e internacionales, y los de alcance nacional, que se expresan generalmente en las leyes nacionales de educación. En el proceso de efectivización del derecho a la educación, los países avanzan en la armonización jurídica acorde a los compromisos asumidos y en precisar un marco conceptual común desde donde interpretar las decisiones y las acciones que se lleven adelante. Es a partir del diseño y la formulación de planes, estrategias o políticas de gran alcance, que los Estados direccionan y conducen las acciones orientadas a garantizar que todos los niños, las niñas, adolescentes y jóvenes accedan y transiten la escuela, se gradúen e incorporen aprendizajes significativos.

El propósito de este documento es ofrecer información para dar cuenta de los avances de los Estados latinoamericanos en garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación.

2.1. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito internacional

Los instrumentos jurídicos de carácter internacional determinan los deberes y las obligaciones de los Estados en cuestiones relativas al respeto, la protección y el cumplimiento del derecho a la educación. El derecho internacional distingue entre instrumentos jurídicos vinculantes y no vinculantes. Los instrumentos vinculantes (principales convenciones y tratados) son aquellos a los que los Estados dan su consentimiento en obligarse legalmente –mediante su ratificación o adhesión– y, por lo tanto, asumen el compromiso de adecuar su normativa interna a los estándares internacionales. Por su parte, aquellos que no tienen carácter jurídicamente vinculante, aportan una gran autoridad política y moral; a modo de ejemplo, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Si bien los ODS no revisten obligatoriedad, las acciones que los países orienten para su implementación permiten vehiculizar el cumplimiento efectivo del derecho a la educación.

Chile ratificó y adhirió a diferentes instrumentos jurídicos, que ayudaron a la conformación de un cuerpo normativo relevante, entre los que se destacan: la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, ratificada en 1971; la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificada en 1990; y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible adoptada en 2015, plasmada en el Decreto No 49/2016, que crea el Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030, modificado por el decreto supremo 67 de 2019.

2.2. Compromisos y obligaciones jurídicas en el ámbito nacional

Los Estados asumen compromisos y obligaciones a nivel internacional que adecúan normativamente al interior de sus ordenamientos jurídicos. Dentro de este compendio, la constitución expresa la protección más alta del derecho a la educación. Su texto funciona como marco para las leyes nacionales y las políticas públicas. Asimismo, las leyes generales de educación amplían las obligaciones del Estado respecto a este derecho, definen y distribuyen las responsabilidades relativas a la dinámica del funcionamiento de los sistemas educativos, su ordenamiento y estructura.

El artículo 3 de la Ley General de Educación chilena señala que el sistema educativo del país se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile, inspirándose en los principios de universalidad y educación permanente, gratuidad, calidad, equidad, autonomía y diversidad. Por su parte, la ley 21.040, que crea el sistema de educación pública, establece las instituciones que lo componen y regulan su funcionamiento, así como sus fines, su objeto, sus integrantes y otras disposiciones referidas a la estructura y funcionamiento de dicho sistema. La Ley 20.845 de Inclusión Escolar tienen por propósito garantizar educación de calidad a toda la población.

2.3. Planificación de la educación

Una de las formas de vincular la dimensión jurídica con las acciones programáticas es mediante los ejercicios de planificación. A través de los planes los Estados legitiman, establecen prioridades y orientan el trabajo de los actores encargados de coordinar, ejecutar y monitorear las acciones destinadas a garantizar el derecho a la educación. En estos planes también suelen señalarse los enfoques y principios rectores que los guían.

El Plan de Reactivación Educativa Integral se proyecta como un proceso de largo plazo, que se organiza en tres grandes fases –articuladas entre sí– y cuyo horizonte es la transformación educativa. En primer lugar, establece una respuesta a corto plazo a los efectos inmediatos de la pandemia, con una duración de 2 años y con el foco en fortalecer a las comunidades escolares, en conjunto con sus contextos. Luego, planifica una fase intermedia, de proyección de transformaciones sistémicas y a mediano plazo (2023/2025). Y, por último, consolida transformaciones estructurales, abordando una planificación en mayor detalle, con una proyección de, al menos, 8 años.

El objetivo general de dicho plan es impulsar una respuesta integral y estratégica a las necesidades educativas y de bienestar socioemocional que emergieron en las comunidades escolares durante la pandemia, articulando recursos y políticas en dimensiones prioritarias.

La política se estructura en cinco ejes. Cada uno posee diversas estrategias y articula un conjunto de acciones en el sistema escolar. Los dispositivos y recursos de estos ejes se ponen a disposición de los sostenedores y las comunidades escolares, con el fin de que sean integrados de forma contextualizada y estratégica en sus propios planes de reactivación integral, articulados desde su Plan de Mejoramiento Educativo: 1) convivencia, bienestar y salud mental, 2) fortalecimiento y activación de aprendizajes, 3) revinculación y garantía de trayectorias educativas, 4) Plan Nacional Transformación Digital y Conectividad y 5) Plan Nacional de Infraestructura.

Por su parte, la Primera Estrategia para la Educación Pública 2020-2028 es la hoja de ruta para la instalación y funcionamiento del nuevo Sistema de Educación Pública, establecido en el país.

3. Caracterización de la política educativa nacional

Este apartado hace foco en el conjunto de acciones que el Estado está orientando para garantizar el derecho a la educación. La caracterización de la política educativa se abordará desde tres dimensiones. En primer lugar, a través de la descripción de la estructura y el tamaño del sistema educativo. En segundo lugar, se buscará indagar y caracterizar el conjunto de intervenciones a través de las cuales se busca mantener el sistema educativo en funcionamiento. Este análisis se realizará haciendo foco en: 1) el currículo y los modelos de gestión institucional; 2) docentes; 3) infraestructura, tecnología y equipamiento; 4) transferencias de bienes y recursos financieros con el fin de fortalecer el sostenimiento de las trayectorias escolares. Finalmente, se buscará dar cuenta del gobierno del sistema tanto en sus arreglos organizativos e institucionales como en el financiamiento de la política educativa, y los sistemas de información, seguimiento y rendición de cuentas.

3.1. Estructura del sistema educativo

La Ley 20.370 General de Educación, sancionada en 2009 y modificada por el Decreto con fuerza de ley 2 en 2010, establece que el sistema educativo está conformado por el sistema nacional de educación y el sistema de educación superior. Este último está compuesto por dos subsistemas: el técnico profesional y el universitario. El sistema de educación superior está regulado por la ley 21.091 (sancionada en mayo de 2018 y modificada por la ley 21.186 de 2019), que se enmarca dentro de la ley 21.040, que crea el sistema de educación pública.

La Ley General de Educación establece que la educación chilena se manifiesta a través de la enseñanza formal o regular (constituida por niveles y modalidades que aseguran la unidad del proceso educativo), de la enseñanza no formal (proceso formativo realizado por medio de un programa sistemático, no necesariamente evaluado, que puede conducir a certificación) y de la educación informal (no estructurada y sistemática, que se obtiene del núcleo familiar, de los medios de comunicación, de la experiencia laboral y del entorno en general).

El sistema educativo formal o regular ofrece educación parvularia, básica, media y superior, y modalidades educativas para atender a necesidades específicas. Son modalidades educativas aquellas opciones organizativas y curriculares que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de aprendizaje, personales o contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación. De acuerdo a la normativa chilena, constituyen modalidades la educación especial o diferencial y la educación de adultos.

Se ofrece educación especial o diferencial tanto en los establecimientos de educación regular como especial, en los cuales se brinda un conjunto de servicios, recursos humanos y técnicos, conocimientos especializados y apoyos para atender las necesidades educativas especiales de los estudiantes, temporales o permanentes, a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de una dificultad específica de aprendizaje.

La educación de adultos es la modalidad educativa dirigida a los jóvenes y adultos que deseen iniciar o completar estudios, y tiene por propósito garantizar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar. Se ofrece en los niveles de educación básica y media, y puede impartirse a través de un proceso presencial o de planes flexibles semipresenciales de mayor o menor duración. Se pueden inscribir todas las personas interesadas, chilenas y extranjeras, sin importar la situación migratoria. También pueden acceder las personas privadas de libertad que se encuentran en las cárceles y el Servicio Nacional de Menores (SENAME), y quienes están cumpliendo el servicio militar, entre otras situaciones especiales. Los planes y programas de estudio de esta modalidad se derivan del decreto supremo de educación 257, de 2009, que aprueba los objetivos fundamentales y contendidos mínimos Obligatorios para la educación de personas jóvenes y adultas. Además, se realizan adecuaciones curriculares para necesidades educacionales específicas, tales como aquellas enmarcadas en la interculturalidad, las escuelas cárceles y las aulas hospitalarias.

La Ley General de Educación establece que la oferta del sistema educativo es de naturaleza mixta: de administración y propiedad del Estado, y particular, subvencionada o pagada, asegurándole a padres, madres y apoderados la libertad de elegir el establecimiento educativo para sus hijos e hijas. En 2015, a través de la Ley 20.845 de Inclusión Escolar, se introduce una modificación donde se determina que se implantará progresivamente la enseñanza gratuita en los establecimientos subvencionados o que reciban aportes permanentes del Estado. En 2017, la Ley 21.040 que Crea el Sistema de Educación Pública, que tiene por objeto que el Estado provea, a través de los establecimientos educacionales de su propiedad y administración que formen parte de los servicios locales de educación pública (creados en dicha ley), una educación pública, gratuita, de calidad y laica. Es decir, respetuosa de toda expresión religiosa, y pluralista, que promueva la inclusión social y cultural, la equidad, la tolerancia, el respeto a la diversidad y la libertad, considerando las particularidades locales y regionales.

a. Educación inicial

La Ley General de Educación establece que la educación parvularia está orientada a niños y niñas desde el nacimiento hasta el ingreso a la educación básica. Señala que el propósito es favorecer de manera sistemática, oportuna y pertinente el desarrollo integral y aprendizajes relevantes y significativos en los párvulos, apoyando a la familia en su rol insustituible de primera educadora. El decreto 115, promulgado en 2012, establece que la educación parvularia se divide en tres niveles: sala cuna, nivel medio y nivel de transición, los cuales se descomponen en cinco subniveles: 1) sala cuna menor: niños y niñas de 0 a 1 año; 2) sala cuna mayor: niños y niñas de 1 a 2 años; 3) nivel medio menor: niños y niñas de 2 a 3 años; 4) primer nivel de transición: niños y niñas de 4 a 5 años; y 5) segundo nivel de transición: niños y niñas de 5 a 6 años.

La ley 20.710 sancionada en 2013, establece la obligatoriedad de la sala de 5 años, correspondiente al segundo nivel de transición. Insta a garantizar el acceso y ampliar la cobertura de la educación parvularia a partir de los 2 años.

Las bases curriculares se actualizaron en 2018 y conservan parte de las definiciones, los conceptos curriculares y principios estructurales que orientaron el primer currículum nacional para el nivel de educación parvularia. Asimismo, destacan elementos que responden a nuevos requerimientos de formación para la primera infancia, tales como la inclusión social, la diversidad, la interculturalidad, el enfoque de género, la formación ciudadana, el desarrollo sostenible, entre otros. Se encuentra vigente también el Marco para la Buena Enseñanza de Educación Parvularia, que tiene como propósito orientar a docentes o educadores respecto de la reflexión y la práctica pedagógica que deben desarrollar como profesionales de la educación para la mejora continua.

La ley 20.832 de 2015 crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia y la ley 20.845 de 2015 de inclusión escolar, que regula la admisión de estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.

Institucionalmente, la ley 17.301 de 1970 crea la corporación denominada Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) y la Ley No 20.835/2015 crea la Subsecretaría de Educación Parvularia y la Intendencia de Educación Parvularia.

La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) fue creada como un estamento autónomo, dependiente del Ministerio de Educación, cuyo fin es atender la educación inicial del país. El Programa Educativo Jardín Infantil Tradicional tiene dos modalidades de administración: directa y Vía Transferencia de Fondos Administrado por Terceros (VTF). Todas las instituciones son supervisadas y financiadas por la JUNJI. Por su parte, el Programa Educativo Alternativo de Atención del Párvulo funciona en espacios habilitados por la comunidad y se desarrolla en cinco modalidades: Jardín Familiar; Jardín Laboral; en Comunidades Indígenas; Modalidad Programa Mejoramiento de la Infancia (PMI); y Modalidad Centros Educativos Culturales de la Infancia (CECI). Se desarrolla también el Programa Educativo para la Familia, dirigido a madres, padres o personas adultas responsables de la crianza de niños y niñas menores de 6 años, a través de las modalidades Jardín Comunicacional y Modalidad Educativa Conozca a su Hijo (CASH). Las modalidades Jardín de Verano, Jardín Estacional y Jardín Infantil con Extensión de Jornada forman parte del Programa Educativo Transitorio, destinado a hijas e hijos menores de 6 años de familias que trabajan en el periodo estival, principalmente en labores agrícolas.

En 2021 se aprobaron las instrucciones para la constitución de comités o mesas de equidad de género regionales de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y las orientaciones para su conformación y funcionamiento.

Otra institución destacada en este nivel es Fundación Integra, uno de los principales prestadores de educación parvularia de derecho privado sin fines de lucro, que pertenece a las fundaciones de presidencia.

b. Educación general básica

Según la Ley General de Educación, el nivel de educación básica regular tiene una duración de seis años. Sin embargo, aún se encuentra vigente la estructura anterior, que tiene una duración de ocho años. La estructura establecida en la ley regirá recién a partir de 2027. En ese año escolar, los cursos de séptimo y octavo año de la enseñanza básica y primero, segundo, tercero y cuarto año de la enseñanza media pasarán a denominarse primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto año de la educación media, respectivamente. Actualmente, la edad teórica para la educación básica es de los 6 a los 13 años.

Ella se orienta hacia la formación integral de los estudiantes, en sus dimensiones física, afectiva, cognitiva, social, cultural, moral y espiritual, desarrollando sus capacidades de acuerdo con los conocimientos, habilidades y actitudes definidos en las bases curriculares, que les permiten continuar el proceso educativo formal. El nivel cuenta con escuelas rurales organizadas a través de las aulas multigrado, con el objetivo de favorecer el acceso a niños y niñas de localidades pequeñas y distantes. En 2022, se lanzó el Plan de Fortalecimiento de la Educación Rural Gabriela Mistral, cuyo objetivo es mejorar la calidad de la enseñanza en las zonas rurales.

c. Bachillerato general unificado

La Ley General de Educación establece que el nivel de educación media regular tiene una duración de seis años. Sin embargo, aún se encuentra vigente la estructura anterior, que tiene una duración de cuatro años. Los dos primeros años son de formación general y los siguientes dos son de formación diferenciada. La edad teórica es de los 14 a los 17 años.

La educación media es el nivel educacional que atiende a la población escolar que finalizó el nivel de educación básica. Tiene por finalidad procurar que cada estudiante expanda y profundice su formación general y desarrolle los conocimientos, las habilidades y actitudes que le permitan ejercer una ciudadanía activa e integrarse a la sociedad. Dichas competencias son definidas por las bases curriculares, que se determinen en conformidad con la ley. Este nivel educativo ofrece una formación general común y formaciones diferenciadas: humanístico científica, técnico profesional y artística, u otras que se podrán determinar a través de las referidas bases curriculares.

La formación diferenciada humanístico científica está orientada a la profundización de áreas de la formación general de interés de los estudiantes. La formación técnico profesional se orienta a las especialidades definidas en términos de perfiles de egreso en diferentes sectores económicos. La artística, a la formación especializada definida en términos de perfiles de egreso en las diferentes áreas artísticas de interés de los estudiantes. Este nivel permite al estudiante continuar su proceso educativo formal a través de la educación superior o incorporarse a la vida del trabajo.

d. Educación técnico profesional

En Chile, la educación técnico profesional se ofrece en los niveles medio y superior. Forma parte del sistema nacional de educación y es regulada por la Ley General de Educación. Actualmente, en el nivel medio se ofrecen 35 especialidades de 15 sectores económicos. Las Bases Curriculares de la Formación Diferenciada Técnico Profesional de la Educación Media, aprobadas por decreto 452 de 2015, definen para cada especialidad un contexto laboral y un conjunto de objetivos de aprendizaje.

La oferta de la educación técnico profesional del nivel superior está integrada por los centros de formación técnica estatales, los institutos profesionales, los centros de formación técnica privados reconocidos por el Estado y las universidades. La formación de profesionales y técnicos se caracteriza por una orientación hacia la capacidad de desarrollar el pensamiento autónomo y crítico sobre la base del conocimiento y las técnicas particulares de cada disciplina. Los institutos profesionales y centros de formación técnica deben promover la articulación con todos los niveles y tipos de formación técnico profesional, y vincularse con el mundo del trabajo.

El Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, es el responsable de establecer la Estrategia Nacional de Formación Técnico Profesional, que orientará el desarrollo y la implementación de las políticas públicas que se definan en esta materia, y será revisada y actualizada cada cinco años. La Estrategia fortalecerá la articulación entre el sistema educativo y la educación universitaria, y las necesidades nacionales y regionales, facilitando la formación para el servicio del país y la construcción de trayectorias formativas y laborales coherentes y pertinentes a las necesidades de las personas, del sector público y privado, de los sectores productivos y de la sociedad en general.

Como lo establece el Título V de la Ley 21.091 de Educación Superior, las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, que cumplan con los requisitos legales, podrán acceder al financiamiento institucional para la gratuidad.

La Estrategia Nacional de Formación Técnico-Profesional tiene por objetivo facilitar la acción conjunta entre Estado, empleadores, trabajadores y sociedad civil.

e. Educación superior

La Ley General de Educación establece que la educación superior es aquella que tiene por objeto la preparación y formación del estudiante en un nivel avanzado en ciencias, artes, humanidades y tecnologías, y en el campo profesional y técnico. El requisito para ingresar es la licencia de educación media. La enseñanza de educación superior comprende diferentes niveles de programas formativos, a través de los cuales es posible obtener títulos de técnico de nivel superior, títulos profesionales, grados académicos o títulos universitarios o sus equivalentes.

Según la ley 21.091, sancionada en 2018, el sistema de educación superior está conformado por el subsistema técnico profesional y el subsistema universitario. El subsistema universitario lo integran las universidades estatales creadas por ley, las universidades no estatales pertenecientes al Consejo de Rectores, y las universidades privadas reconocidas por el Estado. El subsistema técnico profesional lo integran, como se señaló previamente, los centros de formación técnica estatales, y los institutos profesionales y centros de formación técnica privados reconocidos por el Estado.

La educación profesional ofrece formación general y científica, y conduce a la obtención de un título profesional, licenciatura o ambas. Se ofrecen carreras profesionales en universidades y en institutos profesionales. La mayoría de las carreras profesionales tiene una duración aproximada de cuatro a cinco años. Hay un conjunto de títulos profesionales que requieren por ley haber obtenido previamente el grado académico de licenciado. En estos casos, el título lo expiden las universidades.

La educación técnica está orientada al desarrollo de habilidades para desempeñarse en una especialidad de apoyo a nivel profesional o por cuenta propia. En las carreras técnicas el programa de estudios tiene una duración mínima de cuatro semestres.

Producto del trabajo colectivo entre las universidades estatales de Chile, encabezado por la Red de Pregrado del Consorcio de Universidades del Estado (CUECH) y la Subsecretaría de Educación Superior, en 2019 se establecieron estándares comunes de calidad hacia los que movilizar programas y servicios estudiantiles de acompañamiento académico, por una parte, y transición al mundo del trabajo y desarrollo de carrera de sus estudiantes, por otra. Ambas iniciativas se inscriben en el Proyecto de Fortalecimiento de Universidades Estatales en Chile (préstamo BIRF 8785-CL, ejecutado por el Gobierno de Chile). En el mismo marco, se llevaron adelante Planes de Fortalecimiento a 10 años, procesos a partir de los cuales 18 planes fueron ajustados considerando áreas estratégicas, sistema de acreditación y procesos de mejoras, y contando con el compromiso de implementación de rectores/as de cada universidad estatal (aprobados por el Comité del Plan de Fortalecimiento).

 Además de los aspectos estructurales descriptos, una parte de la caracterización de la política educativa consiste en el dimensionamiento del tamaño del sistema educativo. En este sentido, según el portal de Datos Abiertos del Ministerio de Educación de Chile, en 2022, se registró un total de 3.644.536 estudiantes. De ellos, 352.678 pertenecen a Educación Parvularia, 2.052.053 a educación básica, 1.045.996 a educación media y 176.813 a educación especial.

Los estudiantes se distribuyen en 5936 establecimientos de educación parvularia, 8428 establecimientos educacionales de educación básica, 4506 de educación media y 2214 de educación especial.

A 2021, se registraban 251.546 docentes en el sistema escolar chileno, que ocupaban 267.015 cargos. A partir del cargo principal, uno de cada dos docentes (53,6%) se desempeña en educación básica de niños, niñas y jóvenes y el 13% lo hace en educación media para el mismo grupo etario. La educación parvularia concentra el 7,1%, la media técnico profesional y artística el 9% y especial, el 2,3%. En la educación de adultos, se encuentra el 2,9% del profesorado.

Según el Sistema de Información de Educación Superior, la matrícula total de educación superior, para 2022, alcanza 1.301.925 estudiantes (considerando los niveles de pregrado, posgrado y postítulo). Ello representa una variación de 0,6% respecto del año anterior. En 2022, la matrícula de pregrado concentra el 93,1% de la matrícula total; la de posgrado, el 4,2%; y la de postítulo, el 2,7%. Según el tipo de institución, en 2022, las universidades concentran el 59,3% de la matrícula total, seguidas por los institutos profesionales, con el 30,5%, y, finalmente, los centros de formación técnica con el 10,1%.

3.2. Política educativa nacional

La política educativa está conformada por un conjunto de bienes, servicios y transferencias que los Estados movilizan para garantizar el derecho a la educación. El acceso, la permanencia, la adquisición de aprendizajes y la culminación del tramo escolar de los estudiantes, dependen en gran medida de los recursos que los Estados orientan para garantizarlos. Estos recursos se concentran en –al menos– cuatro focos.

• Currículo y modelos de gestión: comprende todas las acciones orientadas a definir los contenidos de la educación, los materiales didácticos, los modelos de gestión institucional y la dinámica en que se inscriben los procesos de enseñanza y aprendizaje.

• Infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología en las escuelas: acciones dirigidas a mantener, ampliar, rehabilitar, equipar y dotar de tecnología a la red de servicios educativos.

• Docentes: una gran parte de los recursos que orientan los Estados se destinan a formar, evaluar, acreditar y sostener el ejercicio de la docencia. Estas acciones consisten en: formación inicial, formación continua, carrera docente y aseguramiento de las condiciones básicas para el desarrollo del trabajo.

• Fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes: se trata de las acciones de fortalecimiento de la demanda educativa. Dentro del conjunto de las experiencias agrupadas en este foco, se destacan las que se apoyan en la transferencia directa de recursos financieros y de bienes (alimentos, textos escolares, uniformes, entre otros) hacia las familias, a niños, niñas y adolescentes escolarizados o, incluso, hacia los responsables de la gestión de los establecimientos educativos.

A modo de síntesis, y sin pretensión de exhaustividad, se pueden señalar las siguientes observaciones.

El foco currículo y modelos de gestión se centra en la “Política de Reactivación Integral Seamos Comunidad”, que se propuso abordar los efectos de la pandemia en las comunidades educativas desde una mirada sistémica, integral, contextualizada y estratégica, con un enfoque intersectorial y participativo; a la vez que se proyecta como un proceso de mediano y largo plazo. Sus ejes centrales son revinculación, asistencia, fortalecimiento de aprendizajes, convivencia escolar y salud mental.

El foco infraestructura, equipamiento y dotación de tecnología se centra en el último aspecto, ya que la mayor parte de las intervenciones relevadas buscan aumentar o mejorar la conectividad y la disponibilidad de tecnología en todos los establecimientos. Muestra de ello es el proyecto Conectividad para la Educación 2030, que tiene como objetivo entregar acceso a internet de calidad en los establecimientos y aprovechar el servicio de conectividad como un apoyo al modelo pedagógico implementado. Otro ejemplo son los proyectos destacados del Centro de Innovación, las propuestas de Aulas Conectadas 2022 (que complementa la infraestructura TIC con que ya cuentan los establecimientos), la red internet para uso de los estudiantes y docentes en todas sus clases y la entrega de kits tecnológicos para la educación digital. Esta última tiene como objetivo dotar de tecnología a ciertos grupos de escuelas que presentan necesidades particulares, como es el caso de las escuelas rurales, de escuelas especiales y de escuelas hospitalarias.

Los recursos orientados al foco docentes se plasman institucionalmente en la existencia del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP). Este centro lleva adelante el Sistema de Desarrollo Docente, que busca potenciar, orientar y evaluar el aprendizaje de los educadores.

En el foco fortalecimiento de las condiciones de vida de niños, niñas, adolescentes y jóvenes se encuentra FUAS, estrategia de gratuidad y beneficios para estudiantes de educación superior. Otras exceden al Ministerio de Educación y son llevadas adelante por la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (JUNAEB), el Ministerio de Desarrollo Social (programas de transferencias) y el Ministerio de Salud (programas de alimentación), entre otros.

 

 

 

Políticas educativas en contexto de pandemia y pospandemia

Los cuatro focos de intervención se vieron tensionados por las circunstancias excepcionales de la pandemia COVID-19 y el diseño de estrategias de respuesta para sostener el derecho a la educación y la continuidad pedagógica de niñas, niños y adolescente. Las políticas impulsadas por Chile durante el período de suspensión de la presencialidad y continuidad pedagógica hicieron hincapié en la disposición de condiciones para la continuidad pedagógica, en particular en los focos de intervención del currículo y los modelos de gestión, en docentes y en políticas de fortalecimiento. En este punto, se destaca la propuesta Aprendo en línea, una plataforma educativa abierta a todas las dimensiones del aprendizaje. Fue puesta a disposición de todo el sistema escolar desde el primer día de suspensión de clases presenciales. El foco principal de Aprendo en línea fue que cada estudiante pueda desarrollar de forma continua su año escolar, intentando minimizar el impacto de las circunstancias sobre su desarrollo. Otra propuesta importante fue Aprendo en casa, reconociendo que no todos los miembros de la comunidad educativa tienen acceso a internet y/o a dispositivos. Con apoyo de las Fuerzas Armadas de Chile se realizaron envíos de material pedagógico físico en las asignaturas de Lenguaje y Matemática. Asimismo TV Educa Chile, respondiendo a una urgente necesidad en tiempos de pandemia, los canales de televisión abierta agrupados en Anatel y Arcatel (en conjunto con el Consejo Nacional de Televisión y el Ministerio de Educación) llegaron a un acuerdo para implementar una señal educativa en el país, TV Educa Chile. Ella comenzó sus transmisiones el 15 de abril de 2020. También se estableció la Priorización Curricular para todos los establecimientos educativos del país y se desarrollaron orientaciones para familias, estudiantes y comunidades educativas. Con el retorno a la presencialidad se desarrolló el Plan de Reactivación Educativa 2023, que aborda la convivencia, la salud mental, el fortalecimiento de los aprendizajes, las condiciones para la enseñanza, la asistencia y revinculación, ejes estrechamente relacionados con el impacto de la pandemia en la educación.

 

 

 

3.3. El gobierno del sistema educativo

El gobierno del sistema educativo se compone por el conjunto de disposiciones legales y procedimientos que establecen, distribuyen y regulan las responsabilidades de los organismos y actores en distintos aspectos que inciden en el funcionamiento global del sistema. De acuerdo a la perspectiva de este documento, se abordará desde tres dimensiones: a) la organización y el modelo de gestión de la educación; b) el financiamiento de la política educativa; y c) los sistemas de información y evaluación.

3.3.1 La organización y el modelo de gestión de la educación

El Ministerio de Educación de Chile es el órgano rector del Estado encargado de fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles. Se divide internamente en la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Subsecretaría de Educación, la Subsecretaría de Educación Superior y la Dirección de Educación Pública, compuesta cada una por gabinete, área jurídica, área de finanzas y otras divisiones particulares (Portal transparencia).

Luego, hay una serie de instituciones que funcionan como estamentos autónomos vinculados al Ministerio de Educación:

- Junta Nacional de Auxilios y Becas (JUNAEB), que busca favorecer la mantención y éxito en el sistema educacional de niñas, niños y jóvenes en condición de desventaja social, económica, psicológica y/o biológica.

- Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), cuyo compromiso consiste en entregar educación parvularia de calidad a niños y niñas, preferentemente menores de cuatro años y en situación de vulnerabilidad social.

- Centro de Innovación (anteriormente Educación Tecnológica, Enlaces), con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación mediante la informática educativa y el desarrollo de una cultura digital que integre las TIC en el sistema escolar.

- Agencia de Calidad de la Educación, que trabaja con las comunidades educativas, evaluando, orientando e informando para lograr una educación integral de calidad, que permita que en Chile todas las personas puedan crecer y desarrollarse.

- Superintendencia de Educación, que contribuye al aseguramiento de la calidad de la educación parvularia y escolar, mediante la fiscalización del cumplimiento de la normativa, la gestión de denuncias y la provisión de información.

- Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (sucesora de CONICYT), servicio encargado de administrar y ejecutar los programas e instrumentos destinados a promover, fomentar y desarrollar la investigación en todas las áreas del conocimiento, el desarrollo tecnológico y la innovación de base científico-tecnológica, de acuerdo con las políticas definidas por el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.

- Consejo Nacional de Educación (CNED), un organismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por misión proteger y promover la calidad de la educación parvularia, básica, media y terciaria en el marco de los sistemas de aseguramiento de la calidad de la educación escolar y superior, a través de la evaluación de diversas propuestas educacionales de organismos públicos e instituciones de educación y la entrega oportuna de información a estudiantes y sus familias, tomadores de decisiones, académicos y la comunidad en general. El Consejo Nacional de Educación lleva adelante también los procesos de licenciamiento, esto es, la supervisión integral y obligatoria para las nuevas instituciones de educación superior privadas.

- Consejo de Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), un organismo colegiado, autónomo, cuya función es coordinar a las 30 instituciones que lo conforman, para procurar mejores rendimiento y calidad de la enseñanza superior del país.

3.3.2 El financiamiento de la política educativa

Chile es un país unitario con un sistema de financiamiento educativo descentralizado. Las normas que regulan el financiamiento del sistema educativo son: el decreto fuerza de ley 3063 de 1980 y el decreto 2385 de 1996 (referidos a las rentas municipales); la Ley 21.040 de Educación Pública; la Ley 20.845 de Inclusión Escolar; y la Ley 19.873 que Crea la Subvención Escolar Pro Retención No 19.873.

Cabe destacar la existencia de la Ley 20.285 de Transparencia de 2009, que tiene por objetivo abrir la información de los organismos públicos a todas las personas, generando nuevos espacios para la participación y mejorando las exigencias de rendición de cuentas de la gestión pública.

3.3.3 Sistemas de información y evaluación

En Chile, la Ley General de Educación establece que la administración del Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación le corresponde al Ministerio de Educación, al Consejo Nacional de Educación, a la Agencia de Calidad de la Educación y a la Superintendencia de Educación. 

La Ley 20.529 estableció la creación del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Escolar en 2011, para lo cual se crean la Agencia de Calidad de la Educación y la Superintendencia de Educación.

La Agencia de Calidad de la Educación es el organismo público de carácter descentralizado que tiene la función de evaluar los logros de aprendizaje de los estudiantes y el desempeño de los establecimientos educativos, a partir de estándares definidos. El ámbito y el alcance de sus acciones están establecidos y regulados por la Ley No 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación.

Las evaluaciones nacionales e internacionales se desarrollan de acuerdo a un plan elaborado por el Ministerio de Educación y aprobado por el Consejo Nacional de Educación, que debe contemplar las áreas curriculares que son objeto de evaluación, los grados de educación básica y media que son medidos, la periodicidad de la evaluación, y las principales desagregaciones y modos de informar resultados. La evaluación de desempeño de los establecimientos educacionales y de los sostenedores se orienta a fortalecer las capacidades institucionales y de autoevaluación de los establecimientos y sus planes de mejoramiento.

Por su parte, la Superintendencia de Educación es la encargada de fiscalizar a los establecimientos educacionales y velar porque estos cumplan con la normativa educacional y el correcto uso de los recursos estatales (en el caso de aquellos que los reciban).

Por último, la ley le otorga al Ministerio de Educación más funciones relacionadas con la mantención de una educación de calidad, tales como la elaboración de estándares de aprendizaje, planes curriculares, bases y planes de estudio, y la potestad de proponer y evaluar las políticas relativas a la formación inicial y continua de docentes.

El Consejo Asesor para la Calidad de la Educación Parvularia (CACEP), recientemente creado, es el organismo que asesorará a las instituciones llamadas a elaborar y conformar el Sistema de Aseguramiento de la Calidad (SAC) para el nivel inicial.

Por su parte, el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior se establece por ley propia (20.129) y está integrado por el Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, el Consejo Nacional de Educación, la Comisión Nacional de Acreditación y la Superintendencia de Educación Superior. Tiene por objetivo resguardar y promover la calidad de la educación superior a través del licenciamiento de nuevas instituciones, la acreditación institucional, de carreras y programas de posgrado, y la provisión de información pública.

El Ministerio de Educación –a través del Servicio de Información de Educación Superior (SIES) (entidad dependiente de la División de Acceso e Información (DIVIA), de la Subsecretaría de Educación Superior)– identifica, recopila y difunde información dirigida a la ciudadanía, así como estadísticas y datos de contexto, solicitados por el sistema y sus instituciones. El Centro de Estudios del Ministerio de Educación tiene por objetivo estratégico generar estadísticas, información, estudios y conocimiento que aporten a las políticas en materia educativa.

Como se señaló previamente, la Agencia de Calidad de la Educación es el organismo responsable de las pruebas de evaluación nacionales e internacionales. Entre las primeras se destacan las evaluaciones Simce, los estudios nacionales obligatorios y las pruebas de evaluación progresiva no obligatorias. El Simce evalúa los logros de aprendizaje en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación (Comprensión de Lectura y Escritura), Matemática, Ciencias Naturales, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, e Inglés. Enfatiza la entrega de información con foco pedagógico, incorpora resultados según género, por eje en las diversas áreas evaluadas y reporte de errores comunes.

Las pruebas internacionales en las que participa Chile son: Programme for International Student Assesment (PISA); Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE); ICILS (International Computer and Information Literacy Study); PIRLS (Progress in International Reading Literacy Study); TIMSS (Trends in International Mathematics and Science Study); e ICCS (International Civic and Citizenship Education Study). PISA y LLECE no son obligatorias, las demás sí, aplicándose en escuelas públicas y privadas. Son financiadas con presupuesto público.

En 2021 se elaboró el Plan de Evaluaciones Nacionales e Internacionales para el período 2021-2026 donde se establecieron criterios y pautas de ordenamiento y sistematización.

4. La efectividad de la política educativa

Acceso, participación, trayectoria educativa y logros de aprendizaje.

Este apartado tiene como propósito ofrecer información sustantiva para realizar una aproximación a la efectividad de la política educativa, mediante el análisis de una serie de indicadores que permiten dar cuenta de la situación en que se encuentran niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas respecto al derecho a la educación. 

4.1. Nivel educativo de la población

• La tasa de analfabetismo tuvo un leve ascenso en la última década, siendo mayor el incremento entre varones, en áreas urbanas y en aquellas personas de mayores ingresos.

• Los años de escolarización se incrementaron, mayormente en áreas rurales, aunque se mantiene la brecha a favor de las áreas urbanas.

• El porcentaje de población adulta que finalizó la secundaria alta aumentó significativamente, pasando de 55,4 en 2011 a 66,7 en la última medición de 2020. No obstante, se mantiene la brecha urbano/rural (con más de 20 puntos de diferencia) y por nivel de ingresos (la población de mayores ingresos supera en más del 20% a la de ingresos medio y 25% a la de ingresos inferiores).

4.2. Educación inicial

• La tasa de asistencia escolar en el último año del nivel inicial tuvo un significativo ascenso en la primera década del siglo XXI, alcanzando porcentajes superiores al 90% en casi todas las variables de segmentación, con excepción del área rural. En el último período (comparando las mediciones 2011/2020), todos los valores muestran un descenso que ronda los 10 puntos de diferencia. Así, en la actualidad, este indicador apenas supera el 85%.

4.3. Educación primaria

• La tasa de asistencia escolar primaria muestra una disminución en la última medición para todas las áreas y niveles de ingreso. No obstante, la caída es más marcada entre mujeres, en área rural y en sectores de ingresos superiores.

• La tasa de finalización de la educación primaria se mantuvo estable en la última década. Se evidencia un leve ascenso en mujeres y sectores de menores ingresos y un leve descenso en áreas rurales. 

4.4. Educación secundaria

• La tasa de asistencia escolar a la secundaria baja disminuyó en la última medición. El mayor descenso se registró en mujeres, áreas urbanas y sectores de mayores ingresos.

• La tasa de asistencia escolar a la secundaria alta creció en la primera década del siglo XXI y se mantuvo estable en la última medición el promedio nacional. Son excepciones el área rural y el sector de mayores ingresos, que registraron descensos de 1.3 y 4.5 puntos porcentuales, respectivamente.

• La tasa de finalización de la secundaria creció 7 puntos en la última década. Asimismo, la sobreedad muestra una tendencia a la baja sostenida en las dos décadas, aunque con menores valores para el tramo 2011/2020.

4.5. Educación superior

• La tasa de asistencia a educación superior se duplicó en las últimas décadas (21% en 2000 versus 41,5% en 2020). En la última década se registra mayor ascenso entre mujeres, áreas rurales y población con niveles de ingresos inferiores.

• El porcentaje de finalización de educación superior se duplicó en la última década. No obstante, las brechas al interior de las áreas geográficas y niveles de ingreso son muy marcadas: el porcentaje de población urbana que finalizó la educación superior duplica al porcentaje de la población rural, mientras que la población con nivel de ingresos superior cuadruplica a la de nivel de ingresos inferior.

5. Desafíos de la política educativa

Desde la firma y ratificación de los distintos instrumentos jurídicos internacionales, Chile asumió el compromiso y la obligación de garantizar el derecho a la educación de acuerdo con los principios enunciados en estos. En consecuencia, fue armonizando su cuerpo normativo y sus acciones programáticas para lograrlo.

A lo largo de este documento se intentó mostrar los avances, haciendo foco en el conjunto de acciones que el país llevó adelante y los resultados de estos esfuerzos.

En el marco de la pandemia por COVID 19 , adquiere un lugar central la política de reactivación educativa integral llamada “Seamos comunidad”. Ella tiene por objetivo, por un lado, responder a los efectos que la pandemia provocó en las comunidades educativas y sus integrantes, y, por otro, avanzar en las transformaciones profundas que el sistema educativo requiere para lograr un cambio de paradigma educativo y avanzar hacia la justicia educativa a mayor plazo.

La política propone una mirada sistémica, integral, contextualizada y estratégica, con un enfoque intersectorial y participativo. Para ello, pone a disposición del sistema educativo un conjunto de recursos, dispositivos y conocimientos, organizados y financiados desde el Estado y, a la vez, promueve una gestión descentralizada con alto protagonismo de las comunidades escolares en el diseño de sus planes estratégicos de reactivación integral.

En este sentido, los datos de la sección anterior dan cuenta de que uno de los desafíos principales que Chile enfrenta en la pospandemia es revertir los descensos en la asistencia escolar en los diferentes niveles, así como atender a las brechas entre las áreas geográficas y los niveles de ingreso. A pesar de los esfuerzos del país, las áreas rurales y los sectores de menores ingresos continúan rezagados. El Plan de Fortalecimiento a la Educación Rural Gabriela Mistral es una fuerte apuesta a dar respuesta al primer grupo.

En definitiva, Chile enfrenta el reto de cerrar las brechas existentes en el sistema educativo, tanto las históricas, como las emergentes a partir de la pandemia de COVID-19, en particular en lo que hace al sostenimiento de las trayectorias educativas de niñas, niños y adolescentes y a la reincorporación de aquellos cuya trayectoria se vio interrumpida.

6. Notas al pie

[1] En 2019, la Ley No 21.164 modificó la Ley General de Educación (DFL N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación) con el propósito de que no se condicionara la incorporación, asistencia y permanencia en los establecimientos a estudiantes que consuman algún tipo de medicamento para tratar trastornos de conducta, tales como el trastorno por déficit atencional e hiperactividad.

Políticas y normativa

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