Ley Orgánica de las Juventudes
Equador
Tiene por objeto reconocer las particularidades de las y los jóvenes en el territorio nacional y la necesidad de establecer mecanismos para promover el goce y ejercicio efectivo de sus derechos y garantizar el cumplimiento de sus deberes y obligaciones. A los efecto de la ley se considera joven a todas las personas comprendidas entre los 18 y 29 años de edad.
Tipo de documento
Ley
Autor institucional
Poder Legislativo
Ano de publicação
2022