Ley de Nacionalización General y Gratuita de la Enseñanza. Ley s/n del 6 de junio de 1961
Cuba
Declara pública la función de la enseñanza y gratuita su prestación. Determina que corresponde al estado ejercer dicha función a través de los organismos creados al efecto con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Adjudica a favor del Estado cubano todos los centros de enseñanza que a la promulgación de esta Ley sean operados por personas naturales o jurídicas privadas, así como la totalidad de los bienes, derechos y acciones que los integran.
Tipo de documento
Ley
Autor institucional
Consejo de Ministros
Año de publicación
1961