Ley 89/1990. Autonomía de las Instituciones de Educación Superior
Nicaragua
Establece que las instituciones de Educación Superior tienen carácter de servicio público y su función social es la formación profesional y ciudadana de los estudiantes universitarios. Su prestación es función indeclinable del Estado. La Educación Superior estará vinculada a las necesidades del desarrollo político, económico, social y cultural del país. Establece la organización y gobierno de las universidades.
Tipo de documento
Ley
Autor institucional
Poder Legislativo
Año de publicación
1990
Año de última modificación
2024